3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/13-54)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023.
253 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 987/74

los contratos planificarán con la suficiente antelación las contrataciones a realizar, de modo que permita su
licitación, siempre que sea posible, a través de los procedimientos ordinarios.
CAPÍTULO VIII. Otras normas relacionadas con el gasto.
Artículo 114. Gastos necesarios para la puesta en funcionamiento de edificios.
Se imputarán al capítulo 6 "Inversiones reales" todos aquellos gastos que, siendo necesarios para la
construcción de edificios, se devenguen antes de la fecha en la que los mismos están en condiciones de iniciar
su funcionamiento, tales como honorarios de elaboración de proyectos, costes de informes técnicos,
honorarios por dirección de obra y coste de inspecciones, entre otros.
Artículo 115. Gastos realizados en edificios con posterioridad a la fecha de entrada en funcionamiento de los
mismos.
1. Los justificantes de gastos correspondientes a reformas y/o modificaciones de edificios realizadas después
de la fecha de entrada en funcionamiento de los mismos habrán de tramitarse de acuerdo con los siguientes
criterios:
a) Los justificantes de gasto correspondientes a reparaciones, mantenimiento y conservación serán
imputados al capítulo 2, como gastos corrientes.
b) Los justificantes de gastos identificados con mejoras y/o ampliaciones serán imputados al capítulo 6,
como inversiones reales.
2. Con carácter general, se imputarán como gastos corrientes aquellos desembolsos que no impliquen
alargamiento de la vida útil de los edificios o aumento de su productividad y rendimiento. En cambio, los gastos
presupuestarios que conlleven incremento de estas magnitudes se imputarán al capítulo 6 de inversiones
reales. Para su determinación, se estará a lo dispuesto en la Instrucción ICA/IO1GER/2017, del Gerente, o
aquella que la sustituya, para establecer el Procedimiento de registro en el inventario de inversiones por obras
realizadas para la ejecución de nuevos inmuebles o por mejoras en el mismo.
Artículo 116. Gastos de atenciones protocolarias y representativas.
1. Se imputarán los gastos que se produzcan como consecuencia de los actos de protocolo y representación
que las autoridades académicas y responsables orgánicos de la Universidad de Cádiz tengan necesidad de
realizar en el desempeño de sus funciones, así como los que, siendo de esta naturaleza, se ocasionen por la
celebración de conferencias, congresos, exposiciones, o cualquier otro acto similar, siempre que dichos gastos
pretendan establecer, mantener o mejorar la imagen y relaciones de la Universidad de Cádiz y para los que no
existan créditos específicos en otros conceptos.
2. La realización de gastos en concepto de atenciones protocolarias ha de reunir necesariamente todas y cada
una de las siguientes condiciones:
a) Que exista crédito suficiente y adecuado en el presupuesto del responsable de la Unidad de Gasto.
b) Que se trate de una representación institucional, considerada como necesaria, para la atención de
personas ajenas a la Universidad.
c)

Deben perseguir una finalidad institucional, es decir, relacionada con los fines de la propia Universidad
y, en concreto, con las finalidades que la normativa asigne al responsable de la Unidad de Gasto
correspondiente.

3. Quedan excluidos, no pudiendo atenderse como gastos de atenciones protocolarias y representativas, los
que de algún modo representen retribuciones al personal, ya sea en metálico o en especie, así como los

74

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276062

d) Que sea necesario, proporcionado e idóneo para la consecución del beneficio perseguido.