Autoridades y personal. Universidades. (2023/11-32)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se realiza convocatoria pública de acceso de personal laboral indefinido para la realización de actividades científico-técnicas para personal investigador y técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación vinculados a líneas de investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023
página 694/5
9. Comisión selección de las solicitudes.
9.1. La selección de los candidatos se llevará a cabo por una Comisión de Selección,
cuya composición se publicará en el anexo de cada convocatoria. Dicha Comisión
estará constituida por tres investigadores, de titulación igual o superior a la exigida para
el contrato convocado, designadas por la Comisión de Investigación de la Universidad
de Sevilla, de los que al menos uno de ellos tendrá que ser investigador en la línea de
investigación a la que se vincula el contrato. Se podrán nombrar suplentes para cada
uno de los miembros. Todos los miembros de estas Comisiones de Selección quedan
sujetos al cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a los motivos de abstención y
recusación, debiéndolo notificar si efectivamente se dieran, a la Comisión de Investigación
de la Universidad de Sevilla, para que, en su caso, con anterioridad a la iniciación del
procedimiento de valoración, proceda al nombramiento y publicación de los nuevos
miembros de la Comisión de Selección.
9.2. Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos
investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de
investigación adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el
investigador emitirán un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada
de los candidatos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los
correspondientes anexos de la convocatoria.
9.3. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275745
se valorarán aquellas iguales o superiores a la exigida, con los siguientes límites
máximos:
- Doctor (hasta un máximo de 3 puntos).
- Máster Oficial o Diploma de Estudios Avanzados con la previa titulación de Grado/
Licenciatura (hasta un máximo de 2,7 puntos).
- Máster con la previa titulación de Grado/Licenciatura (hasta un máximo de 2,5
puntos).
- Máster con Diplomatura (hasta un máximo de 2,3 puntos).
- Licenciatura (hasta un máximo de 2,1 puntos).
- Grado (hasta un máximo de 1,9 puntos).
- Diplomado Universitario (hasta un máximo de 1,7 puntos).
- Técnico Superior de Formación Profesional (hasta un máximo de 1,5 puntos).
2.
Formación relacionada con las tareas a desempeñar (hasta un máximo de 2
puntos).
3. Experiencia profesional relacionada con las tareas a desarrollar (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
Las Comisiones de Selección quedarán facultadas para establecer si es necesaria,
en función del número de participantes, la realización de la entrevista para valorar la
aptitud para el puesto y la puntuación mínima exigible en los apartados anteriores para
su realización, quedando aquellos aspirantes que no la alcancen eliminados del proceso
selectivo. En este supuesto la realización y valoración de la entrevista corresponderá
conjuntamente a la Comisión de Selección y al Investigador Principal (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
La convocatoria para la asistencia a entrevistas se publicará en la página web del
Vicerrectorado de Investigación http://investigacion.us.es/investigacion/contratos- personal
con una antelación mínima de 48 horas. Junto con la convocatoria de asistencia a las
entrevistas se publicarán los criterios genéricos de valoración de las entrevistas tales
como: experiencia previa, conocimientos sobre las tareas a desarrollar, aptitud ante la
resolución de problemas, etc.
La Comisión de Selección establecerá la puntuación mínima para que los candidatos
puedan ser seleccionados o formen parte de la lista de candidatos suplentes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023
página 694/5
9. Comisión selección de las solicitudes.
9.1. La selección de los candidatos se llevará a cabo por una Comisión de Selección,
cuya composición se publicará en el anexo de cada convocatoria. Dicha Comisión
estará constituida por tres investigadores, de titulación igual o superior a la exigida para
el contrato convocado, designadas por la Comisión de Investigación de la Universidad
de Sevilla, de los que al menos uno de ellos tendrá que ser investigador en la línea de
investigación a la que se vincula el contrato. Se podrán nombrar suplentes para cada
uno de los miembros. Todos los miembros de estas Comisiones de Selección quedan
sujetos al cumplimiento de la legislación vigente en cuanto a los motivos de abstención y
recusación, debiéndolo notificar si efectivamente se dieran, a la Comisión de Investigación
de la Universidad de Sevilla, para que, en su caso, con anterioridad a la iniciación del
procedimiento de valoración, proceda al nombramiento y publicación de los nuevos
miembros de la Comisión de Selección.
9.2. Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos
investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de
investigación adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el
investigador emitirán un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada
de los candidatos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los
correspondientes anexos de la convocatoria.
9.3. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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se valorarán aquellas iguales o superiores a la exigida, con los siguientes límites
máximos:
- Doctor (hasta un máximo de 3 puntos).
- Máster Oficial o Diploma de Estudios Avanzados con la previa titulación de Grado/
Licenciatura (hasta un máximo de 2,7 puntos).
- Máster con la previa titulación de Grado/Licenciatura (hasta un máximo de 2,5
puntos).
- Máster con Diplomatura (hasta un máximo de 2,3 puntos).
- Licenciatura (hasta un máximo de 2,1 puntos).
- Grado (hasta un máximo de 1,9 puntos).
- Diplomado Universitario (hasta un máximo de 1,7 puntos).
- Técnico Superior de Formación Profesional (hasta un máximo de 1,5 puntos).
2.
Formación relacionada con las tareas a desempeñar (hasta un máximo de 2
puntos).
3. Experiencia profesional relacionada con las tareas a desarrollar (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
Las Comisiones de Selección quedarán facultadas para establecer si es necesaria,
en función del número de participantes, la realización de la entrevista para valorar la
aptitud para el puesto y la puntuación mínima exigible en los apartados anteriores para
su realización, quedando aquellos aspirantes que no la alcancen eliminados del proceso
selectivo. En este supuesto la realización y valoración de la entrevista corresponderá
conjuntamente a la Comisión de Selección y al Investigador Principal (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
La convocatoria para la asistencia a entrevistas se publicará en la página web del
Vicerrectorado de Investigación http://investigacion.us.es/investigacion/contratos- personal
con una antelación mínima de 48 horas. Junto con la convocatoria de asistencia a las
entrevistas se publicarán los criterios genéricos de valoración de las entrevistas tales
como: experiencia previa, conocimientos sobre las tareas a desarrollar, aptitud ante la
resolución de problemas, etc.
La Comisión de Selección establecerá la puntuación mínima para que los candidatos
puedan ser seleccionados o formen parte de la lista de candidatos suplentes.