3. Otras disposiciones. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2023/10-28)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 16 de diciembre de 2022, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes extranjeros para el curso 2023-2024, en los estudios universitarios de Grado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023

página 493/7

Profesional (BOE núm. 80, de 2 de abril), por la que se establecen las instrucciones
para el cálculo de la nota media que debe figurar en las credenciales de convalidación y
homologación de estudios y títulos extranjeros con el bachiller español.
CAPÍTULO V

Artículo 8. Procedimiento.
1.º Cada solicitante elegirá, por orden de preferencia, cualesquiera titulaciones y
Centros ofertados por las Universidades Públicas Andaluzas, para esta fase.
2.º La persona solicitante quedará vinculada por el orden de preferencia establecido
en la solicitud, es decir, al efectuarse la adjudicación de plazas, se le asignará, en su
caso, la plaza correspondiente a la titulación y Centro de mayor preferencia posible de las
relacionadas.
No obstante, una vez publicada cada lista de adjudicación, se podrá insertar, reordenar
el orden de preferencia o desistir de alguna o algunas de sus peticiones siempre que
ello no implique la inclusión en la lista de espera de una titulación en la que la persona
solicitante no figuraba en esa adjudicación. En el supuesto de insertar o reordenar el
orden de preferencia de una titulación (posterior en orden de preferencia a la adjudicada)
con lista de espera, esta nueva petición solo podrá ser tenida en cuenta si, agotada la
lista de espera, siguen quedando plazas vacantes. Estos cambios podrán realizarse en el
punto de acceso electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/transformacioneconomicaindustriaconocimiento
yuniversidades/sguit
durante los plazos de matrícula. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 16
y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En todo caso, el cambio de que se trate lleva implícito la realización de la reserva
para aparecer en la siguiente lista de admitidos.
3.º Las relaciones de solicitantes, por orden de prelación en las distintas adjudicaciones
de plazas, estarán disponibles para quien siendo interesado en el procedimiento desee
consultarlas, en las oficinas que figuran en el artículo 3 en cada uno de los plazos que
figuran en el anexo del presente acuerdo.
Dichas relaciones, así como las de excluidos, tendrán carácter de Resolución del
Rector o Rectora de la correspondiente universidad, la cual agota la vía administrativa.
Contra esta resolución, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en
el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de 2 meses. Todo ello sin perjuicio
de la posibilidad de solicitar la revisión de dichas adjudicaciones, tal como se regula en el
artículo 10.
En la primera adjudicación, y en previsión de posibles reclamaciones, la Comisión del
Distrito Único Universitario de Andalucía podrá reservar un porcentaje de plazas de las
que corresponda ofertar. En las sucesivas adjudicaciones se asignarán la totalidad de las
plazas.
La Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía podrá, en cualquier
adjudicación y con objeto de optimizar los procedimientos de matriculación del alumnado,
ofertar en cada una de las titulaciones y Centros que estime conveniente, un número de
plazas adicionales sobre la oferta inicial convocando para ello, a suficientes personas
para cubrir por exceso la oferta de plazas. Teniendo en cuenta lo anterior, no se podrá
cubrir ninguna plaza vacante, por lista de espera, mientras el número de personas
matriculadas o pendientes de tramitar su matrícula supere la oferta inicial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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PROCEDIMIENTO