3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/8-58)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023

página 488/28

Artículo 39. Del Decanato y Vicedecanato.
1. Corresponde a la persona titular del Decanato:
a) Ostentar la representación del Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía
Oriental, con todos los derechos y atribuciones que precise a tal fin, pudiendo suscribir
para ello cuantos documentos sean necesarios, públicos y privados, contando al efecto
con poder bastante de representación para ello que le permita desempeñar ésta ante
personas e instituciones, cualquiera que sea su naturaleza, e incluso acudir en nombre
de esta corporación profesional a convocatorias, concursos y contrataciones públicas o
privadas.
b) Convocar y moderar las reuniones, así como coordinar y ejecutar las tareas y
acuerdos adoptados por la Junta General y la Junta de Gobierno, y vigilar el cumplimiento
de los mismos.
c) Firmar actas y autorizar con su visto bueno las certificaciones que la persona titular
de la secretaría expida de las mismas.
d) Coordinar las Secciones, Comisiones, Áreas de Estudio y Grupos de Trabajo
que se creen. Cuando el Decanato asista a las reuniones de cualquiera de estas le
corresponderá al mismo su Presidencia.
e) Conferir apoderamiento para cuestiones judiciales, previa autorización de la Junta
de Gobierno. En situaciones en que la urgencia o necesidad del caso lo requiera podrá
conferir este otorgamiento sin tal autorización, dando cuenta de ello a la inmediata
reunión de dicha Junta de Gobierno.
f) Autorizar con su firma los documentos colegiales, así como las aperturas de
cuentas bancarias, constitución y cancelación de depósitos, fianzas y de operaciones de
préstamo o garantía.
g) Librar talones o cheques para retirar dinero, así como firmar libramientos para
efectuar disposiciones económicas junto con una cualquiera de las firmas de la persona
titular del Vicedecanato, Tesorería, Secretaría o Vicesecretaría.
2. La persona titular del Decanato contará con voto dirimente en caso de empate,
tanto en la Junta de Gobierno como en la Junta General, como en cualquiera de las
reuniones colegiales que éste presida.
3. En caso de baja definitiva de la persona titular del Decanato, por concurrir alguna
de las causas previstas en el artículo 38, apartado 1, de estos Estatutos, se procederá
a la elección de nueva persona titular del Decanato de entre las personas miembros
restantes de la Junta de Gobierno, en convocatoria extraordinaria de la misma para dicho
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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su pertenencia a la Junta de Gobierno le corresponda o en aquellos que obedezcan a
nombramiento de tal Junta de Gobierno de entre sus miembros.
3. Cuando se produzcan vacantes de algún miembro de la Junta de Gobierno, se
cubrirán automáticamente operando los mecanismos establecidos estatutariamente. En
defecto de previsión estatutaria y hasta la celebración de las primeras elecciones, las
funciones de la Secretaría serán asumidas por la persona titular del Vicesecretaría, y las
de la Tesorería por la persona titular de una Vocalía con el número de colegiación más
antiguo. En el supuesto de vacantes en el resto de cargos, las mismas serán cubiertas de
manera provisional y hasta la celebración de elecciones, por designación de la Junta de
Gobierno.
4. Cuando las vacantes existentes superen la mitad de miembros de la Junta de
Gobierno, ésta procederá a convocar elecciones para la totalidad de la Junta de Gobierno
en el plazo de treinta (30) días naturales desde que se produzca la última vacante.
5. Cuando se dé el supuesto contemplado en el apartado anterior y dada la precariedad
de la situación de la Junta de Gobierno, las facultades de decisión de la misma quedarán
reducidas las de mero trámite administrativo y a aquellas otras que requieran una solución
urgente, sin que le sea posible adoptar acuerdos con trascendencia política o económica.