3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/6-49)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023

página 34/45

- Memoria económica, en su caso.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de la subvención, en su caso.
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, en su caso.
- Carta de pago de reintegro de remanentes no aplicados, en su caso.
- Informe elaborado por el órgano competente acreditativo del cumplimiento de los
fines para los que la subvención fue otorgada.
CAPÍTULO 8
Control Interno

Artículo 53. Régimen especial de fiscalización.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 del Reglamento 5/2018, por el que
se regula el Control Interno en la Universidad de Córdoba, el régimen especial de
fiscalización para el presente ejercicio queda establecido del siguiente modo:
1. La fiscalización previa se ejercerá aplicando técnicas de muestreo o comprobaciones
periódicas. A tales efectos, el Plan Anual de Control Interno determinará los actos,
documentos o expedientes sobre los que la fiscalización previa será ejercitada sobre
una muestra y no sobre el total de los expedientes, estableciendo los procedimientos
aplicables para la muestra, de manera que se garantice la fiabilidad y objetividad de la
información.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275091

Artículo 52. Competencia.
1. La Universidad de Córdoba, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 209
de sus Estatutos, el artículo 82 de la LOU y el artículo 89 de la LAU, asegurará el control
interno de sus ingresos, gastos e inversiones, de acuerdo con criterios de legalidad,
eficacia y eficiencia. Este control interno se realizará por el Servicio de Control Interno
que actuará bajo la dependencia orgánica del Rector.
A través del Reglamento 5/2018 por el que se regula el Control Interno en la
Universidad de Córdoba (BOUCO núm. 2018/00825, de fecha 21.12.2018), la Universidad
de Córdoba establece una regulación marco que tiene por objeto constituir y consolidar
un adecuado sistema de control interno que contribuya a la consecución de los fines
institucionales que la LOU le encomienda y al desarrollo de su estrategia corporativa de
gobierno y gestión.
Concebido como un conjunto ordenado de competencias, funciones y responsabilidades,
el sistema de control interno será supervisado por el Servicio de Control Interno que,
según el artículo 209 de los Estatutos de la UCO, desarrollará sus funciones mediante las
correspondientes técnicas de auditoría.
2. El Servicio de Control Interno ejercerá sus funciones con plena autonomía respecto
a los órganos cuya gestión controle, desarrollando sus actividades mediante la realización
de auditorías u otras técnicas de control que acuerde la Universidad, de acuerdo con una
programación anual aprobada por el Consejo de Gobierno, en la que se delimitará la
clase y el alcance del control a efectuar.
Así como, ejercerá todas las competencias y contará con las prerrogativas atribuidas
a la Intervención en el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en
la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en cuanto a las funciones
de fiscalización y auditoría.
3. Las actuaciones de control previo se realizarán siguiendo las guías de fiscalización
establecidas por la Intervención General de la Junta de Andalucía y las resoluciones
dictadas por la Intervención General de la Administración del Estado, por las que se da
aplicación a la previsión del artículo 152 de la Ley General Presupuestaria, respecto al
ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos.