3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/6-46)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Deporte para el año 2023.
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Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023

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En el nuevo Plan General, y tras la toma en consideración de las distintas
propuestas aportadas, se mantienen los objetivos del Plan General anterior, dando así
una conveniente continuidad a la actuación de la inspección deportiva en Andalucía,
dirigiendo la actuación inspectora a aquellas actividades a las que cada órgano gestor
ha identificado como fundamentales y potenciando la información y asesoramiento a las
personas responsables de las entidades, servicios, y centros deportivos del ejercicio
de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones y de las disposiciones legales y
reglamentarias en materia deportiva.
Como novedades del presente Plan General destaca, en primer lugar, la ampliación
del contenido de los programas de inspección destinados a federaciones deportivas
andaluzas y clubes deportivos andaluces y cuyo cometido añadido será asesorar e
informar a todas las entidades deportivas de su obligación de modificar los estatutos,
códigos de buen gobierno y reglamentos adaptándolos a lo dispuesto en el Decreto
41/2022, de 8 de marzo.
En segundo lugar se ha procedido, dado el carácter homogéneo del contenido de los
mismos y por razones de simplificación administrativa, a la unificación de los programas
de inspección destinados a la depuración del censo de las escuelas náuticas del
Instituto Andaluz del Deporte y el programa de inspección destinado a la verificación del
cumplimiento de los requisitos de las escuelas náuticas y federaciones andaluzas de vela
y motonáutica para la formación de titulaciones y licencias de recreo.
Asimismo, destaca en tercer lugar la ampliación del programa de inspección destinado
al seguimiento de las subvenciones dirigidas, con carácter general, a la adquisición de
equipamientos deportivos a clubes y secciones deportivas de Andalucía, para que una
vez que se encuentre en vigor la correspondiente convocatoria en el año 2023, y en
aras a la consecución de actuaciones de atención a la diversidad, se lleven también a
cabo actuaciones inspectoras de seguimiento de subvenciones dirigidas al fomento
del deporte para las personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y
material deportivo inventariable todo ello según lo dispuesto en la Orden de 27 de octubre
de 2022 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, donde se establecen las bases
reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones
dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición
de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los
clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía.
En cuarto lugar, se crea en virtud del artículo 31 de la Ley 5/2016, de 19 de julio,
que hace referencia al Plan de Deporte en Edad Escolar, un programa de inspección
específico destinado al control de la actividad del Plan de Deporte en Edad Escolar,
supervisando la actividad desarrollada en los programas que se han incluido en el citado
plan y que han sido promovidos a iniciativa de las Entidades Deportivas Andaluzas,
según el artículo 11.1 del Decreto 6/2008, de 15 de enero, por el que se regula el deporte
en edad escolar en Andalucía.
De igual manera, hay que tener en cuenta en las actuaciones de la inspección deportiva
lo previsto en la Orden de 18 de noviembre de 2022, de la Consejería de Salud y Consumo
por la que se prorrogan las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por
la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública
para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria
1 y 2, ya que en Andalucía nos encontramos en este momento en una fase de estabilización
de las tasas de incidencia aunque con una tendencia descendente de la enfermedad.
En lo que se refiere a su contenido se concluyen las siguientes líneas de actuación:
Se mantiene la realización de actuaciones inspectoras no programadas a fin de atender
aquellas situaciones especiales o sobrevenidas que así lo requieran y que sean distintas a las
recogidas en los diferentes programas específicos, significando que por parte de los órganos
gestores de deporte solicitantes, se tiene que concretar en la correspondiente petición, el
objeto de la inspección, destacando con detalle los aspectos concretos de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía