5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-53)
Anuncio de 29 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Arriate, de bases que han de regir la convocatoria para la selección mediante concurso de méritos de determinadas plazas vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incorporadas a la oferta de OEP extraordinaria de estabilización del empleo temporal, correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, en virtud de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aprobada por Resolución de la Alcaldía núm. 2022/0259, de fecha 24 de mayo de 2022 (BOPMA núm. 103, de 31 de mayo de 2022). (PP. 3425/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20075/6
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos
o Escalas de funcionarios.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5. Titulación: Poseer la titulación que se requiera en el Anexo I de las presentes bases.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a
título habilitante español o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia
a titulación de nivel académico universitario oficial, y los aspirantes con titulaciones no
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de
la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a
los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional,
en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
6. Tasa: Haber abonado la correspondiente tasa en la plaza convocada, en la cuantía
que se especifica en el cuadro siguiente según subgrupo profesional en el que se clasifica
de conformidad con la Ordenanza Fiscal.
CUANTÍA
46,36 €
44,15 €
38,64 €
33,12 €
27,59 €
22,08 €
3.2. Todos los requisitos establecidos deberán ser reunidos el día en que finalice el
plazo para la presentación de solicitudes, siendo responsabilidad de quien presenta dicha
solicitud la veracidad de los datos y el cumplimiento de los requisitos indicados.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso, hasta el momento de la
toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados/as, del modo indicado
en las bases de la convocatoria.
3.3. Para la admisión en el proceso selectivo bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, haber abonado la correspondiente tasa o acreditar su exención, así como
aportar la documentación acreditativa para las personas con alguna discapacidad, que
se recoge en el apartado 3.5, de la presente base.
3.4. Quienes estén afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales
se admitirán en igualdad de condiciones, siempre que tales limitaciones no sean
incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
3.5. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
3.5.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no
hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
3.5.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de solicitudes.
3.5.3. Adjuntar a la solicitud copia de la documentación acreditativa de su condición
de persona con discapacidad emitida por el órgano competente de la Junta de Andalucía
o de otras Administraciones Públicas.
Cuarta. Acceso de las personas con discapacidad.
4.1. De conformidad con lo dispuesto en el art. 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley del Estatuto Básico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273306
SUBGRUPO
A1
A2
B
C1
C2
AP
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20075/6
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos
o Escalas de funcionarios.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5. Titulación: Poseer la titulación que se requiera en el Anexo I de las presentes bases.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a
título habilitante español o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia
a titulación de nivel académico universitario oficial, y los aspirantes con titulaciones no
universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de
la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a
los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional,
en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
6. Tasa: Haber abonado la correspondiente tasa en la plaza convocada, en la cuantía
que se especifica en el cuadro siguiente según subgrupo profesional en el que se clasifica
de conformidad con la Ordenanza Fiscal.
CUANTÍA
46,36 €
44,15 €
38,64 €
33,12 €
27,59 €
22,08 €
3.2. Todos los requisitos establecidos deberán ser reunidos el día en que finalice el
plazo para la presentación de solicitudes, siendo responsabilidad de quien presenta dicha
solicitud la veracidad de los datos y el cumplimiento de los requisitos indicados.
Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso, hasta el momento de la
toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados/as, del modo indicado
en las bases de la convocatoria.
3.3. Para la admisión en el proceso selectivo bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, haber abonado la correspondiente tasa o acreditar su exención, así como
aportar la documentación acreditativa para las personas con alguna discapacidad, que
se recoge en el apartado 3.5, de la presente base.
3.4. Quienes estén afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales
se admitirán en igualdad de condiciones, siempre que tales limitaciones no sean
incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
3.5. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
3.5.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no
hacen constar este dato se entenderá que optan por el turno general.
3.5.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de solicitudes.
3.5.3. Adjuntar a la solicitud copia de la documentación acreditativa de su condición
de persona con discapacidad emitida por el órgano competente de la Junta de Andalucía
o de otras Administraciones Públicas.
Cuarta. Acceso de las personas con discapacidad.
4.1. De conformidad con lo dispuesto en el art. 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley del Estatuto Básico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273306
SUBGRUPO
A1
A2
B
C1
C2
AP