5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/1-37)
Anuncio de 16 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Fuente Palmera, por el que se publica el Decreto de Alcaldía de aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad dos plazas de Educadores/as infantiles, personal laboral, en el marco del procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición. (PP. 3785/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023

página 21034/8

Octava. Desarrollo del proceso selectivo.
8.1. Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las listas definitivas de
personas aspirantes admitidas y excluidas, se convocarán los respectivos Tribunales de
Selección al objeto de proceder a la baremación de los méritos requeridos.
8.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor
invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de
Selección con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante al ejercicio
en el momento de efectuarse el llamamiento determinará automáticamente el decaimiento
de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del proceso
selectivo.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten
su personalidad. Los aspirantes deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto,
pasaporte o carné de conducir.
8.3. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará, de acuerdo con la Resolución
de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se
publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración del Estado, por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra «U», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética
resultante del listado de aspirantes admitidos.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», y así sucesivamente.
8.4. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin conocer
la identidad de los aspirantes.
En tales casos el Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen
figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los
autores.
8.5. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cada pregunta correctamente contestada se valorará con 0,5 puntos, sin que las
preguntas erróneamente contestadas o en blanco penalicen.
b) Segundo ejercicio: consistirá en la realización de un supuesto práctico relacionado
con el puesto de trabajo convocado y las funciones a desempeñar, sin que en ningún
caso pueda exceder de una hora. La valoración máxima de este ejercicio será de 30
puntos.
7.5. Puntuación final. El resultado final del proceso selectivo será el sumatorio de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases (concurso y oposición), no superando
en ningún caso la puntuación final los 100 puntos.
- En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá
atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado A) de la fase
de concurso: Experiencia profesional en la Administración convocante en el cuerpo,
escala, categoría o equivalente correspondiente a la plaza a la que se aspira; en
segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado B) de la fase de concurso:
Experiencia profesional en la Administración Pública; y, en tercer lugar, a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de persistir la igualdad, se acudirá
a la mayor puntuación obtenida en el apartado A) de la fase de concurso: Experiencia
profesional en la Administración convocante en el cuerpo, escala, categoría o equivalente
correspondiente a la plaza a la que se aspira, durante el período comprendido entre el
01/01/2016 hasta la fecha de término del plazo de presentación de instancias.