5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/1-37)
Anuncio de 16 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Fuente Palmera, por el que se publica el Decreto de Alcaldía de aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad dos plazas de Educadores/as infantiles, personal laboral, en el marco del procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición. (PP. 3785/2022).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21034/7
razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad
laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la
adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
- Para la valoración de los servicios prestados por meses, cuando no sean
meses completos, se sumarán los días sueltos, dividiéndose el resultado por treinta,
computándose como mes completo las fracciones igual o superiores a 15 días,
despreciándose del resultado final aquellas que sean inferiores a 15 días.
- Cursos de Formación y Perfeccionamiento (máximo 4 puntos): Se valorarán
exclusivamente, la realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos
u homologados por el Ayuntamiento de Fuente Palmera, el Instituto Nacional de
Administración Pública, el Instituto Andaluz de Administración Pública, la Federación
Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Federación Andaluza de Municipios y
Provincias (FAMP), las Universidades, Federaciones Deportivas, las Organizaciones
Sindicales en el Marco del Acuerdo de Formación Continua o presentes en la Mesa
General de Negociación respectiva, los Colegios Profesionales, así como por centros
o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las acciones formativas deberán estar directamente relacionados con
las funciones de la plaza convocada o con la adquisición de competencias, habilidades
y actitudes transversales en el ejercicio de tales funciones, como prevención de
riesgos laborales (generales y específicos de las plazas convocadas), formación de
formadores, ofimática, igualdad de género, protección de datos personales, calidad en la
Administración Pública, lenguaje de signos y similares.
La valoración máxima de este apartado será 4 puntos.
Los cursos se valorarán a razón de 0,01 puntos por hora de formación.
En todos los casos únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico
contenido y denominación, aunque se repita su participación o impartición.
En los casos en los que la duración del curso se exprese en créditos (ECTS) sin
indicar su correlación en el número de horas del mismo, se utilizará la equivalencia de
25 horas un crédito, salvo que se justifique por el aspirante cualquier otra asignación de
horas.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización ni las horas
de duración. Asimismo, no se valorarán los derivados de procesos selectivos, así como
los diplomas o certificados relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares que
tengan una duración inferior a 5 horas lectivas.
No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan de
estudios.
Los méritos formativos podrán acreditarse mediante la presentación de diplomas o
similares. No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan
de estudios.
7.4. Fase de oposición. La calificación final de la fase de oposición será de un máximo
de 60 puntos.
Esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, versará sobre el contenido del puesto
de trabajo correspondiente a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto
en el temario recogido en el Anexo IV.
La fase de oposición consistirá en dos ejercicios, que se celebrarán el mismo día, de
acuerdo con lo siguiente:
a) Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en un periodo máximo de 90
minutos, a un cuestionario tipo test de 60 preguntas con tres respuestas alternativas, de
las que solo una será la correcta, elaborado por el Tribunal antes de su realización con
los temas contenidos en el correspondiente anexo. Podrá preverse hasta un máximo de
5 preguntas de reserva para aquellos supuestos de impugnación, que serán utilizadas en
el orden establecido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274265
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21034/7
razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad
laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la
adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
- Para la valoración de los servicios prestados por meses, cuando no sean
meses completos, se sumarán los días sueltos, dividiéndose el resultado por treinta,
computándose como mes completo las fracciones igual o superiores a 15 días,
despreciándose del resultado final aquellas que sean inferiores a 15 días.
- Cursos de Formación y Perfeccionamiento (máximo 4 puntos): Se valorarán
exclusivamente, la realización de los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos
u homologados por el Ayuntamiento de Fuente Palmera, el Instituto Nacional de
Administración Pública, el Instituto Andaluz de Administración Pública, la Federación
Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Federación Andaluza de Municipios y
Provincias (FAMP), las Universidades, Federaciones Deportivas, las Organizaciones
Sindicales en el Marco del Acuerdo de Formación Continua o presentes en la Mesa
General de Negociación respectiva, los Colegios Profesionales, así como por centros
o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las acciones formativas deberán estar directamente relacionados con
las funciones de la plaza convocada o con la adquisición de competencias, habilidades
y actitudes transversales en el ejercicio de tales funciones, como prevención de
riesgos laborales (generales y específicos de las plazas convocadas), formación de
formadores, ofimática, igualdad de género, protección de datos personales, calidad en la
Administración Pública, lenguaje de signos y similares.
La valoración máxima de este apartado será 4 puntos.
Los cursos se valorarán a razón de 0,01 puntos por hora de formación.
En todos los casos únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico
contenido y denominación, aunque se repita su participación o impartición.
En los casos en los que la duración del curso se exprese en créditos (ECTS) sin
indicar su correlación en el número de horas del mismo, se utilizará la equivalencia de
25 horas un crédito, salvo que se justifique por el aspirante cualquier otra asignación de
horas.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización ni las horas
de duración. Asimismo, no se valorarán los derivados de procesos selectivos, así como
los diplomas o certificados relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares que
tengan una duración inferior a 5 horas lectivas.
No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan de
estudios.
Los méritos formativos podrán acreditarse mediante la presentación de diplomas o
similares. No serán objeto de valoración las asignaturas sueltas que conformen un plan
de estudios.
7.4. Fase de oposición. La calificación final de la fase de oposición será de un máximo
de 60 puntos.
Esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, versará sobre el contenido del puesto
de trabajo correspondiente a la plaza que se convoca, de conformidad con lo dispuesto
en el temario recogido en el Anexo IV.
La fase de oposición consistirá en dos ejercicios, que se celebrarán el mismo día, de
acuerdo con lo siguiente:
a) Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en un periodo máximo de 90
minutos, a un cuestionario tipo test de 60 preguntas con tres respuestas alternativas, de
las que solo una será la correcta, elaborado por el Tribunal antes de su realización con
los temas contenidos en el correspondiente anexo. Podrá preverse hasta un máximo de
5 preguntas de reserva para aquellos supuestos de impugnación, que serán utilizadas en
el orden establecido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274265
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía