Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-16)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21700/7

o validación según proceda, de la titulación expedida por el Ministerio competente en
materia de Educación español.
b) Formación especializada.
Se acreditará con el título de especialista en Ciencias de la Salud, expedido por
el Ministerio competente en materia de Educación, o por los órganos competentes de
cualquier otro país siempre que se acompañe el reconocimiento y/o homologación
emitida por el citado Ministerio. Los residentes que hayan finalizado la formación y en la
evaluación final hubieran obtenido la calificación positiva, podrán acreditar este mérito
mediante certificación emitida por el Jefe de Estudios o el presidente de la comisión
de docencia con el visto bueno de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario donde
hubieran cursado la especialidad en la que conste expresamente la fecha de finalización
del programa formativo de la especialidad.
c) Acreditaciones y licencias.
Las acreditaciones y licencias que se exijan para el acceso se acreditarán mediante
certificación oficial en vigor emitida por el órgano competente, conforme se determine en
cada convocatoria específica.
5.1.2.3. No poseer la condición de personal laboral fijo en la misma categoría y en
su caso especialidad a la que se pretende acceder en una Agencia Pública Empresarial
Sanitaria, cualquiera que sea su situación administrativa. Se acreditará mediante la
declaración responsable de la persona aspirante.
5.1.2.4. No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la
libertad e indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual,
exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de
menores, así como por trata de seres humanos.
Bastará con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificación de
los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En caso de no autorizarse la consulta, deberá aportarse certificación negativa en vigor
del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
5.2. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos,
conforme dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección
electrónica habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio de
notificaciones del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta de
Andalucía para la práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado a
tal efecto «NOTIFICACIONES DE LA VEC DEL SAS», siendo responsabilidad exclusiva
de la persona aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento
de los datos personales y del correo asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección
electrónica habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico
y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado,
informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica
habilitada.
El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará el
único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación del
mismo como la falta de comunicación de cualquier cambio.
5.3. Para ser admitidas a la realización de las pruebas bastará con que las personas
solicitantes manifiesten y declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los
requisitos y condiciones exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo para la
presentación de solicitudes, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir
por inexactitudes o falsedades en las mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274890

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía