Autoridades y personal. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/535-6)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Agencia de Régimen Especial Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueban las bases y se convoca el proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema del concurso de méritos, en los puestos de trabajo adscritos a dicha Agencia, recogidos en la Oferta de Empleo Público 2022, aprobada por el Decreto 90/2022, para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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empleo público y no un concurso de traslados ni un proceso de promoción interna, que
será objeto de futuras convocatorias, no podrán concurrir a puestos de trabajo de la
misma denominación del puesto y código de Puestos de Trabajo del SAE, las personas
empleadas que ostenten la condición de personal laboral indefinido en el SAE, ni
personal indefinido de otras entidades del Sector Público Instrumental, personal laboral
fijo o funcionario de carrera al servicio de la Junta de Andalucía, que ocupe puestos de
trabajo cuyo contenido funcional se corresponda con el del puesto convocado.
Atendiendo a la exposición de motivos del Decreto Ley 12/2022, de 29 de noviembre,
por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, «las Administraciones Públicas deben atender las necesidades de la ciudadanía,
procurando la mejor calidad de los servicios que les presta, para lo cual es imprescindible
una adecuada gestión del personal que los proporciona, que es su principal activo y que
tiene un papel fundamental en las relaciones con la ciudadanía y en la forma de dar
respuesta a sus necesidades. La gestión de los recursos humanos en la Administración
Pública requiere de la aplicación de medidas para dotarse de los efectivos cuyo perfil
garantice a priori una mejor adaptación a aquellas necesidades. Y para ello no cabe duda
de que el personal que presta o ha prestado servicios en la Administración durante un
periodo de tiempo considerable constituye un capital humano de enorme valor, dada su
experiencia y conocimiento, tanto de la propia organización como de los procedimientos
y herramientas que en ella se utilizan».
A mayor abundamiento, «es la propia legislación estatal de carácter básico la que
declara que para la estabilización de empleo temporal ha de tenerse en cuenta y de
forma mayoritaria, la experiencia adquirida mediante la prestación de servicios en el
cuerpo, escala, categoría o equivalente; y ello se considera plenamente respetuoso con
el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito y capacidad».
Esta Agencia, tal y como establece en su exposición de motivo ese Decreto Ley «no
puede ser ajena en su política de personal a la problemática descrita y ello teniendo
muy presente que la amplia experiencia profesional del personal laboral que durante un
periodo de tiempo significativo ha venido prestando servicios constituye un mérito para
la adecuada prestación de unos servicios públicos de calidad. Y debe conciliar dicha
atención con el absoluto respeto a los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española,
así como al artículo 26.1.b) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que establecen
que el acceso al empleo público se producirá en condiciones de igualdad y según los
principios de mérito y capacidad».
La presente convocatoria garantiza el acceso de personas con discapacidad de
acuerdo con lo previsto en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público y con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 4/17, de 25 de
septiembre, de los derechos y la atención a las personas con discapacidad. Está prevista
la creación de una bolsa de trabajo general para la posible cobertura de vacantes en el
marco del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SAE.
Teniendo en consideración las recomendaciones de la Resolución de la Dirección
General de sector público instrumental, de 2 de noviembre de 2022, sobre orientaciones
para el desarrollo de los procesos selectivos de Estabilización derivados de la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público, en el ámbito de las entidades Instrumentales y consorcios del
sector público andaluz, y sin perjuicio de la adecuación a la normativa específica del SAE,
este proceso excepcional y extraordinario, es ajeno a la forma ordinaria de provisión de
vacantes por las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz.
Esta Dirección Gerencia de la Agencia de Régimen Especial del Servicio Andaluz
de Empleo, en cumplimiento de dichas previsiones, previa negociación en la Comisión
Negociadora en el marco del Convenio Único del Servicio Andaluz de Empleo, conforme
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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