Autoridades y personal. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/535-2)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se aprueban las bases reguladoras de la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, y nombramiento de los comités calificadores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21441/5

En cumplimiento de lo previsto en la legislación vigente conforme al Decreto 90/2022,
de 31 de mayo, de la Junta de Andalucía, el 10% de las plazas podrán ser cubiertas
conforme a lo establecido en la ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la
Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
2. Normativa aplicable
Esta convocatoria excepcional se regirá por lo establecido en estas bases y por lo
dispuesto en las siguientes normas:
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con
Discapacidad en Andalucía.
Las Leyes 3/2017, de 27 de junio, y 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales
del Estado para los años 2017 y 2018, señalan que en los procesos selectivos de
estabilización se cumplirán los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito,
capacidad y publicidad.
Convenio Colectivo para el personal de la Agencia Innovación y Desarrollo de
Andalucía (BOJA núm. 25, de 29 de febrero).
Las presentes bases vincularán a esta Entidad, a los Comités Calificadores que han
de valorar los méritos y a quienes participen en el concurso de méritos, y sólo podrán ser
modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Comité Calificador.
La Dirección General de la Agencia IDEA ha designado a través de resolución, la
composición de los distintos Comités Calificadores. Se han constituido cuatro Comités,
que estarán integrados por:
- Presidencia.
- Secretaría, con voz pero sin voto.
- 2 Vocalías.
A cada uno de los miembros se le designará un suplente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3. Sistema selectivo.
Se establece que el sistema selectivo será el de concurso de méritos, de conformidad
con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP y en la Disposición Adicional Sexta de
la Ley 20/2021, que autoriza una convocatoria excepcional de estabilización de empleo
temporal de larga duración, cuando las plazas hubieran estado ocupadas con carácter
temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
El concurso de méritos, cuya calificación final no podrá ser superior a 100 puntos,
consistirá en la baremación de los méritos, que serán valorados por parte del Comité
Calificador conforme al siguiente baremo:
- Experiencia profesional: 80 puntos.
- Formación: 20 puntos.
La puntuación mínima para continuar en el proceso será un mínimo de 60 puntos en
la experiencia profesional.