Autoridades y personal. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/535-2)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se aprueban las bases reguladoras de la Oferta de Empleo Público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, y nombramiento de los comités calificadores.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21441/4
Comité Calificador Administrativos/as.
Presidencia: M.ª Antonia Rodríguez Márquez.
Suplente: Claudia Ordóñez Suárez.
Secretaría: Fátima Ortiz-Repiso Romero.
Suplente: María Ángeles García García.
Vocalía: Susana Serrato Rubio.
Suplente: Ana Gálvez Báez.
Vocalía: Macarena Morón Laguillo.
Suplente: María Nieves Balonga Badal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Código Ético y de Conducta de la Agencia
IDEA, aprobado por Consejo Rector en sesión extraordinaria de 25 de noviembre de
2016, así como el TREBEP la Ley Orgánica 3/2018, de 5 diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los miembros designados con
la aceptación de su nombramiento se comprometen a guardar absoluta confidencialidad
respecto de la información, documentación y datos de la naturaleza que sea a la que
tengan acceso en el desempeño de las funciones por razón del nombramiento.
Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria del concurso de méritos para la
provisión de plazas en la Agencia IDEA, y publicar las mismas en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, Portal de la Transparencia y Sede Electrónica de la Agencia IDEA
correspondiente a la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal,
en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, e iniciar los procesos selectivos
correspondientes mediante convocatoria pública, una vez obtenidos los informes
preceptivos establecidos en la legislación presupuestaria que se desarrolla a continuación.
1. Objeto.
El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento aplicable y el
establecimiento de los requisitos que regirán la convocatoria excepcional del concurso de
méritos para las plazas aprobadas a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía,
según la Oferta de Empleo Público para estabilización de empleo temporal regulada en el
Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para estabilización
de empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz,
que establece en su art. 2.1 que la mencionada oferta incluye las plazas de personal laboral
no incluido en VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta
de Andalucía, todo ello al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Esta convocatoria excepcional de concurso de méritos se va a realizar garantizando
el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad
(art. 55.1 del TREBEP). Así como los siguientes principios, recogidos igualmente en el art. 55.2
TREBEP:
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto
en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas
a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274591
BASES DE LA CONVOCATORIA
BOJA
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21441/4
Comité Calificador Administrativos/as.
Presidencia: M.ª Antonia Rodríguez Márquez.
Suplente: Claudia Ordóñez Suárez.
Secretaría: Fátima Ortiz-Repiso Romero.
Suplente: María Ángeles García García.
Vocalía: Susana Serrato Rubio.
Suplente: Ana Gálvez Báez.
Vocalía: Macarena Morón Laguillo.
Suplente: María Nieves Balonga Badal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Código Ético y de Conducta de la Agencia
IDEA, aprobado por Consejo Rector en sesión extraordinaria de 25 de noviembre de
2016, así como el TREBEP la Ley Orgánica 3/2018, de 5 diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los miembros designados con
la aceptación de su nombramiento se comprometen a guardar absoluta confidencialidad
respecto de la información, documentación y datos de la naturaleza que sea a la que
tengan acceso en el desempeño de las funciones por razón del nombramiento.
Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria del concurso de méritos para la
provisión de plazas en la Agencia IDEA, y publicar las mismas en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, Portal de la Transparencia y Sede Electrónica de la Agencia IDEA
correspondiente a la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal,
en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, e iniciar los procesos selectivos
correspondientes mediante convocatoria pública, una vez obtenidos los informes
preceptivos establecidos en la legislación presupuestaria que se desarrolla a continuación.
1. Objeto.
El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento aplicable y el
establecimiento de los requisitos que regirán la convocatoria excepcional del concurso de
méritos para las plazas aprobadas a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía,
según la Oferta de Empleo Público para estabilización de empleo temporal regulada en el
Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para estabilización
de empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz,
que establece en su art. 2.1 que la mencionada oferta incluye las plazas de personal laboral
no incluido en VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta
de Andalucía, todo ello al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Esta convocatoria excepcional de concurso de méritos se va a realizar garantizando
el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad
(art. 55.1 del TREBEP). Así como los siguientes principios, recogidos igualmente en el art. 55.2
TREBEP:
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto
en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas
a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274591
BASES DE LA CONVOCATORIA