Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-8)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21703/19

9. Desarrollo de las pruebas.
9.1. Lugar, fecha y hora.
El lugar de realización de las pruebas indicadas en la base 2.1 se establecerán en la
resolución que se indica en la base 7.1 o en otra diferente, que se publicará en la página
web del Servicio Andaluz de Salud
https://web.sas.junta-andalucia.es/servicioandaluzdesalud.
Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de las mismas en
llamamiento único.
Cuando la prueba sea señalada en sábado, las personas aspirantes que hayan
solicitado la no realización de las pruebas de las que consta la fase de oposición, desde
la puesta del sol del viernes hasta la puesta de sol del sábado, al amparo del artículo 12.3
de la Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación
del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, y lo hayan
acreditado conforme la base 5.1 deberán acudir al llamamiento efectuado para acreditar
su identidad, adoptándose si fuera necesario las medidas organizativas oportunas para
que puedan ejercer su derecho y que con carácter preferente preverán que realiza la
misma prueba y en el mismo día que el resto de personas opositoras.
En cualquier caso, decaerán en sus derechos, considerándose que no ha completado
la fase de oposición, quienes no comparezcan conforme al llamamiento único efectuado.
En todo caso, para garantizar la unidad de acto, no serán tenidas en cuenta causas de
fuerza mayor o cualquier otra causa para subsanar la no comparecencia, sin perjuicio de
lo establecido en la base 9.5 con el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera
completar la fase de oposición a causa de parto.
9.2. Acreditación de la identidad.
En cualquier momento los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección podrán
requerir a las personas aspirantes que acrediten su identidad, debiendo concurrir a la
celebración de los ejercicios con el Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o
cualquier otro documento oficial en vigor que permita acreditar su personalidad.
Las personas aspirantes que acudan sin la documentación acreditativa de su
identidad quedarán decaídos en sus derechos, considerándose que no ha completado la
fase de oposición.
9.3. Impugnación de las preguntas o respuestas provisionales de las pruebas.
En el plazo máximo de 48 horas, desde la finalización de las pruebas selectivas, se
publicarán en la página web del Servicio Andaluz de Salud las plantillas provisionales de
respuestas correctas de los cuestionarios indicados en la base 2.1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274893

Para realizar dicho recurso la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma
mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados
expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
8.8. Responsabilidad.
Los miembros de los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección son
personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.
Asimismo, adoptarán las medidas oportunas en orden a que los ejercicios en que consiste
la fase de oposición sean corregidos a la mayor brevedad posible y sin conocimiento
de la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos
aquellos impresos de examen en los cuales consten marcas o signos de las personas
aspirantes, fuera del lugar reservado para ello.
8.9. Personal colaborador.
La persona titular de la Dirección General competente en materia de Personal
procederá al nombramiento del personal funcionario, estatutario o laboral que deberá
colaborar temporalmente en el desarrollo del proceso selectivo, con las competencias
de ejecución material y ordenación administrativa de la prueba de la fase de oposición y
apoyo a la fase de concurso.