Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-22)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud M.P., Dirección de Gestión y Organización Interna, por la que se convoca, con carácter excepcional, concurso de meritos para estabilizacion de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21366/3
4. Solicitudes de participación y plazo de presentación.
Las solicitudes de participación en el proceso se cumplimentarán telemáticamente, a
través de la siguiente dirección web: https://seleccionfundacionprogresoysalud.iformalia.es/
Las solicitudes contendrán obligatoriamente la autobaremación de los méritos
alegados, los cuales deberán acreditarse documentalmente en el momento de presentar
la solicitud. Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos expresados en la
solicitud.
La autobaremación alegada por la persona aspirante en la solicitud de participación
vinculará a la Comisión de Selección en el sentido de que el mismo solo podrá valorar los
méritos que hayan sido autobaremados por la persona aspirante, no pudiendo la Comisión
de Selección otorgar una puntuación mayor a la asignada por la persona aspirante en
cada uno de los apartados del baremo de méritos, salvo error manifiesto.
El correo electrónico consignado en las mismas será el único válido a efectos de
notificación, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante la comunicación a la entidad
a través del correo electrónico estabilización.fps@juntadeandalucia.es de cualquier
modificación en el mismo, así como en su dirección y número de teléfono consignado en
las mismas.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación comenzará el 3 de enero
de 2023, a las 00:00, y concluirá el 17 de enero de 2023, a las 23:59.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274558
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los
Estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el
artículo 2.º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
f) No estar incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad
específicas establecidas en las disposiciones vigentes.
g) Cumplir con los requisitos mínimos previstos en cada una de las plazas convocadas
conforme a lo establecido en los Anexos I y II:
Titulación académica: Estar en posesión de la titulación necesaria para el desarrollo
de la plaza convocada.
La acreditación de estar en posesión de una titulación universitaria supondrá el
cumplimiento del requisito de la titulación académica en todas aquellas plazas en las que
se exige como nivel de estudios Bachillerato o Ciclo Formativo.
Si durante el plazo para presentar la solicitud, el/la aspirante no tuviera el título
oficial, pero hubiera cumplido todas las exigencias académicas y administrativas para su
emisión, se considerará valido el certificado de abono de los derechos de expedición del
título u otro documento oficial que acredite el cumplimiento de dichas exigencias.
Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos habrán de citar
la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la
certificación expedida por el organismo competente en materia de homologación de títulos
académicos, que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente declaración de
equivalencia, convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Asimismo, se considerará válido el documento de inicio del proceso de declaración de
equivalencia, convalidación u homologación, que deberá haber finalizado en el momento
de finalización del proceso selectivo.
Por la especificidad y/o grado de especialización de aquellas plazas indicadas
expresamente en los Anexos I y II, se exigirá adicionalmente como requisito mínimo para
optar a las mismas, la acreditación de estar en posesión de determinados certificados
de profesionalidad o cualificaciones habilitantes imprescindibles para el correcto
desenvolvimiento de dichas plazas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21366/3
4. Solicitudes de participación y plazo de presentación.
Las solicitudes de participación en el proceso se cumplimentarán telemáticamente, a
través de la siguiente dirección web: https://seleccionfundacionprogresoysalud.iformalia.es/
Las solicitudes contendrán obligatoriamente la autobaremación de los méritos
alegados, los cuales deberán acreditarse documentalmente en el momento de presentar
la solicitud. Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos expresados en la
solicitud.
La autobaremación alegada por la persona aspirante en la solicitud de participación
vinculará a la Comisión de Selección en el sentido de que el mismo solo podrá valorar los
méritos que hayan sido autobaremados por la persona aspirante, no pudiendo la Comisión
de Selección otorgar una puntuación mayor a la asignada por la persona aspirante en
cada uno de los apartados del baremo de méritos, salvo error manifiesto.
El correo electrónico consignado en las mismas será el único válido a efectos de
notificación, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante la comunicación a la entidad
a través del correo electrónico estabilización.fps@juntadeandalucia.es de cualquier
modificación en el mismo, así como en su dirección y número de teléfono consignado en
las mismas.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación comenzará el 3 de enero
de 2023, a las 00:00, y concluirá el 17 de enero de 2023, a las 23:59.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274558
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los
Estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el
artículo 2.º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
f) No estar incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad
específicas establecidas en las disposiciones vigentes.
g) Cumplir con los requisitos mínimos previstos en cada una de las plazas convocadas
conforme a lo establecido en los Anexos I y II:
Titulación académica: Estar en posesión de la titulación necesaria para el desarrollo
de la plaza convocada.
La acreditación de estar en posesión de una titulación universitaria supondrá el
cumplimiento del requisito de la titulación académica en todas aquellas plazas en las que
se exige como nivel de estudios Bachillerato o Ciclo Formativo.
Si durante el plazo para presentar la solicitud, el/la aspirante no tuviera el título
oficial, pero hubiera cumplido todas las exigencias académicas y administrativas para su
emisión, se considerará valido el certificado de abono de los derechos de expedición del
título u otro documento oficial que acredite el cumplimiento de dichas exigencias.
Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos habrán de citar
la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la
certificación expedida por el organismo competente en materia de homologación de títulos
académicos, que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente declaración de
equivalencia, convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Asimismo, se considerará válido el documento de inicio del proceso de declaración de
equivalencia, convalidación u homologación, que deberá haber finalizado en el momento
de finalización del proceso selectivo.
Por la especificidad y/o grado de especialización de aquellas plazas indicadas
expresamente en los Anexos I y II, se exigirá adicionalmente como requisito mínimo para
optar a las mismas, la acreditación de estar en posesión de determinados certificados
de profesionalidad o cualificaciones habilitantes imprescindibles para el correcto
desenvolvimiento de dichas plazas.