Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-20)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental-Alejandro Otero (FIBAO), por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo, mediante sistema de concurso-oposición, para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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- 0,25 puntos por cada 25 horas de formación recibida en cada una de las aplicaciones
informáticas/tecnologías requeridas, sin que en ningún caso se pueda obtener una puntuación
superior a 0,5 puntos por cada una de ellas. Sólo se valorará la formación recibida por cada
25 horas, sin que se obtenga puntuación alguna por fracciones inferiores a tal número.
Si en la descripción de los puestos se incluye un número de aplicaciones informáticas/
tecnologías inferiores a cuatro, la puntuación total por este parámetro se dividirá entre el
número de estas, otorgándose a cada una de ellas la puntuación correspondiente que
permita alcanzar, en su caso, la máxima puntuación.
En todo caso se solicitará que las candidaturas presenten junto a sus solicitudes
copias de los títulos, certificaciones, etc., que acrediten su formación y/o conocimientos.
Finalizado el proceso de baremación de méritos, se publicará el listado provisional de
la puntuación obtenida por las personas aspirantes.
Podrán presentarse alegaciones en un plazo único e improrrogable de cinco días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del listado. Una vez resueltas
las alegaciones se hará público el listado definitivo de puntuación de la fase de concurso.
9.3. Puntuación global concurso-oposición.
La baremación final será la que obtenga la persona que supere el proceso de
selección en el sumatorio final de todas las fases (oposición y concurso de méritos),
atendiendo en su caso a los criterios de desempate indicados en el apartado 12.

11. Presentación de los méritos alegados.
Los méritos alegados en la autobaremación deberán acreditarse documentalmente
en los términos indicados en la base 10 en el momento de presentar la solicitud para el
presente concurso, salvo cuando se justifique que no se dispone de ellos por causa ajena
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Acreditación de los méritos alegados.
- Acreditación de titulaciones académicas. La acreditación de las titulaciones
académicas impartidas por Organismos Oficiales se realizará mediante copia del
correspondiente título oficial o en su defecto el justificante del pago de las tasas
correspondientes a la solicitud de la expedición del mismo. Los cursos/asignaturas
conducentes a la obtención de una titulación académica oficial no podrán computarse de
modo asilado de dicha titulación.
- Acreditación de certificados de profesionalidad: la acreditación de los certificados
de profesionalidad se hará mediante la correspondiente acreditación al amparo del Real
Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales
adquiridas por experiencia laboral como regla general, salvo que ésta no se haya expedido
a pesar de culminado el proceso de evaluación con el resultado de unidad de competencia
demostrada, en cuyo caso bastará con documento acreditativo de este extremo.
- Acreditación de cursos. La acreditación de los cursos se realizará mediante diploma,
certificado de asistencia o aprovechamiento en el que se indiquen las horas de duración,
el contenido y fecha de celebración o en su defecto fecha de expedición.
- La acreditación de méritos profesionales. La acreditación de los méritos
profesionales se realizará mediante la aportación de documentación acreditativa de
poseer las titulaciones académicas; y en su caso los certificados de profesionalidad o
cualificación habilitante requerida; certificado de vida laboral y certificado de servicios
prestados emitido por el órgano competente en materia de RR.HH. de la entidad donde se
hubiesen efectuado, indicándose la denominación del puesto, las funciones desarrolladas
y el periodo de tiempo en el que las ha desarrollado.
- Acreditación de discapacidad La acreditación de la condición se realizará mediante
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en
la que se acredite la calificación de la minusvalía y el grado de la misma, así como la
compatibilidad para el desempeño de las tareas.