Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-20)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental-Alejandro Otero (FIBAO), por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo, mediante sistema de concurso-oposición, para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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determinan en las bases específicas de la plaza según obra en el Anexo I. La valoración
máxima de esta prueba será de sesenta puntos.
Para superar la fase de oposición, se exige una puntuación mínima de treinta puntos,
quedando excluido todo aquel aspirante que no alcance esta puntuación.
El temario sobre el que versará el contenido de la prueba a realizar para la plaza y la
fecha prevista para la realización de la prueba de oposición se publicará en la web de FIBAO
y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía antes del 31 de enero de 2023.
La prueba de la fase de oposición se llevará a cabo de forma presencial en el lugar
que se designe en la ciudad de Granada y no se celebrará antes del 30 de junio de 2023.
La fecha y hora de realización será comunicada mediante publicación en la página web
de FIBAO y correo electrónico a los aspirantes.
Una vez realizada la prueba, se publicará el listado provisional de la puntuación
obtenida por las personas aspirantes que hayan realizado la prueba.
Podrán presentarse alegaciones en un plazo único e improrrogable de cinco días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del listado. Una vez resueltas
las alegaciones se hará público el listado definitivo de puntuación de la fase de oposición.
9.2. Fase de concurso de méritos: Calificación de los méritos alegados.
En la fase de concurso, se valorarán los méritos profesionales y otros méritos de las
personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición conforme se establece en
el apartado 9.1 anterior. La puntuación máxima de esta fase será de cuarenta puntos,
donde los méritos profesionales tendrán una puntuación máxima de treinta puntos y los
otros méritos puntuarán con un máximo de diez puntos, equivalentes al noventa y al diez
por ciento de los referidos cuarenta puntos, respectivamente.
A) Meritos profesionales: Puntuacion máxima 30 puntos.
Este parámetro consistirá en la valoración de lo siguiente:
- Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de la entidad
convocante, cuyo contenido funcional se corresponda con el del puesto convocado. Se
valorará con 0,28 puntos por mes de experiencia.
- Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de administraciones
públicas (incluidas las de los Estados Miembros de la Unión Europea), así como en
otras entidades del sector público distinta a la convocante, cuyo contenido funcional sea
homólogo al del puesto convocado. Se valorará con 0,112 puntos por mes de experiencia.
Se considerarán puestos cuyo contenido funcional se corresponde al puesto
convocado aquellos en los que se desarrollen al menos cuatro de las cinco funciones
definidas en la descripción del puesto, independientemente de la denominación del
mismo. Así, se valorará cada periodo de tiempo en el desempeño de cada puesto según
el siguiente factor de corrección:
- Similitud completa. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a las 5 funciones principales recogidas en el Anexo I.
Se aplicará un factor de corrección de 1 al tiempo acreditado con independencia de la
entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
- Alto (4/5 funciones). Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a 4 de las 5 funciones principales recogidas en el Anexo
I. Se aplicará un factor de corrección de 0,8 al tiempo acreditado con independencia de la
entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
- Insuficiente. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a menos de 4 de las 5 funciones principales
recogidas en el Anexo I. No se considerará que el puesto tiene un contenido funcional
suficientemente similar al del puesto convocado y se aplicará un factor de corrección de
0 al tiempo acreditado con independencia de la entidad en la que se haya desempeñado
el puesto.
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes. A estos efectos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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