Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-58)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en el cuerpo General de Administrativos y en el cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21341/8

Quinta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará en un plazo máximo
de dos meses resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas
admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se
publicará en el BOJA y las listas se expondrán en la página web del Instituto Andaluz de
Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución anteriormente
aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a
la dirección web del empleado público de Andalucía
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico
o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/librealegaciones.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Dirección del Instituto
Andaluz de Administración Pública, por delegación, dictará en un plazo máximo de diez días
hábiles resolución que se publicará en el BOJA, declarando aprobadas las listas definitivas
de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en la página web del Instituto Andaluz
de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del
ejercicio de la fase de oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas
provisionales, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.
4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación,
ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante
servirá como acreditación de su correcta presentación.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un determinado periodo
de tiempo, el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la
Administración, previa acreditación documental de la misma por las personas afectadas,
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo plazo
en aquellos supuestos específicos que comprometan la presentación de la solicitud de
participación y/o del pago de la tasa en el plazo máximo determinado en el apartado 6 de la
presente base, por un período de días hábiles de igual duración, al menos, al de la incidencia.