Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-62)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca procedimiento de selección para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo V, para las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual, previstas en las Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario de 2020 y 2021, así como de estabilización de empleo temporal de 2021 y 2022 en la Administración de la Junta de Andalucía.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21417/8

Quinta. Acreditación de los méritos alegados.
1. Las personas aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos,
conforme al baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto el
formulario de participación. En cualquier caso, para la cumplimentación de los apartados
correspondientes a los méritos de experiencia y de antigüedad, todas las personas
aspirantes deberán tomar en consideración la información relativa a los mismos que se
consigna en el Informe de vida laboral. Respecto a los cursos de formación, las personas
interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de solicitud los cursos que se
alegan para su baremación.
La persona aspirante quedará vinculada por su autobaremación, de forma que sólo
podrán valorarse los méritos que hayan sido expresamente alegados y autobaremados en
los correspondientes apartados de la solicitud de participación, sin que pueda otorgarse
una puntuación mayor a la consignada en cada apartado del baremo. En el supuesto
de méritos autobaremados en subapartados erróneos del apartado de experiencia, se
podrán trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento
de la puntuación autoasignada por las personas aspirantes en el mencionado apartado.
Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación, serán los alegados,
autobaremados y acreditados documentalmente durante el plazo de presentación del
formulario de participación.
2. Los méritos alegados deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación
de los documentos siguientes:
a) Para la experiencia profesional: Contratos de trabajo que detallen la categoría
profesional en la que se han prestado los servicios. En el supuesto de experiencia
profesional adquirida fuera del ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía, a los contratos habrá de añadirse informe de
vida laboral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274577

de Empleo Estatal y aquellos incluidos en el marco de los Acuerdos de Formación para el
Empleo de las Administraciones Públicas.
La valoración a otorgar, que como máximo será de 4 puntos, se efectuará conforme a
los criterios siguientes:
- 0,05 puntos por hora sin pruebas de aptitud.
- 0,055 puntos por hora con pruebas de aptitud.
En todos los casos solo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a una
misma materia, aunque se repita su participación.
D) Titulaciones académicas: Se valorará, una titulación académica oficial de nivel
igual o superior e independiente de la exigida para el acceso y directamente relacionada
con las funciones de la categoría a que se aspira, con 1 punto.
La calificación final no podrá superar los 89 puntos. En caso de empate, se atenderá
en primer lugar al tiempo de experiencia profesional, atendiéndose a cada uno de los
subapartados de dicho mérito por el orden en que se encuentran relacionados. De
persistir el empate, se acudirá al tiempo real de experiencia profesional, levantando el
tope de la valoración del mérito, atendiéndose a cada uno de los subapartados de dicho
mérito por el orden en que se encuentran relacionados. Si, a pesar de lo establecido
anteriormente, el empate persiste, se dirimirá tomando la letra inicial del primer apellido
y siguiendo el orden alfabético, comenzando por la letra «V», según Resolución de 13 de
enero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por
la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de
los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente resolución y que se celebren
durante el año (BOJA núm.12, de 19 de enero).