Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-61)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (carácter ordinario) y 2022 (estabilización).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21377/5
Cuarta. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo oficial publicado como
Anexo I de la presente resolución e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública.
Por resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de
Administración Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se
habilitará el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a partir
del día siguiente al de la publicación de la referida resolución en el citado Boletín Oficial,
para cada categoría profesional. En dicha Resolución se indicará la fecha antes de la cual
no podrá celebrarse el ejercicio de la fase de oposición.
Dicha participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la
página Web de Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), de la
siguiente forma:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274566
1.3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas, ya sea esta documentación certificado de discapacidad o
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta al citado órgano, salvo oposición
expresa de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación. En
el caso de que el reconocimiento no corresponda a órgano competente de la Junta de
Andalucía, habrá de aportarse en todo caso documento acreditativo.
2. En el supuesto de participar por el cupo reservado a personas con enfermedad
mental, habrá de incorporarse por la persona aspirante dictamen técnico facultativo que
determine reconocimiento de enfermedad mental. En los casos en que la expedición
de este dictamen corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la
concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por la el Instituto Andaluz de
Administración Pública, mediante consulta al citado órgano, salvo oposición expresa de
la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación. En el caso de que
su expedición no corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, habrá de
aportarse en todo caso dictamen técnico facultativo.
3. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el
cupo de reserva, podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempos y medios para
la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo en el apartado «Adaptación
que se solicita» de su solicitud.
La comisión de selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas
deberán incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo
en el que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio
según sus circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la
prueba a realizar.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página
web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21377/5
Cuarta. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo oficial publicado como
Anexo I de la presente resolución e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del
Instituto Andaluz de Administración Pública.
Por resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de
Administración Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se
habilitará el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a partir
del día siguiente al de la publicación de la referida resolución en el citado Boletín Oficial,
para cada categoría profesional. En dicha Resolución se indicará la fecha antes de la cual
no podrá celebrarse el ejercicio de la fase de oposición.
Dicha participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la
página Web de Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), de la
siguiente forma:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274566
1.3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas, ya sea esta documentación certificado de discapacidad o
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto
Andaluz de Administración Pública mediante consulta al citado órgano, salvo oposición
expresa de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación. En
el caso de que el reconocimiento no corresponda a órgano competente de la Junta de
Andalucía, habrá de aportarse en todo caso documento acreditativo.
2. En el supuesto de participar por el cupo reservado a personas con enfermedad
mental, habrá de incorporarse por la persona aspirante dictamen técnico facultativo que
determine reconocimiento de enfermedad mental. En los casos en que la expedición
de este dictamen corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la
concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por la el Instituto Andaluz de
Administración Pública, mediante consulta al citado órgano, salvo oposición expresa de
la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación. En el caso de que
su expedición no corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, habrá de
aportarse en todo caso dictamen técnico facultativo.
3. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, opten o no por el
cupo de reserva, podrán solicitar las necesarias adaptaciones de tiempos y medios para
la realización del ejercicio de la oposición, manifestándolo en el apartado «Adaptación
que se solicita» de su solicitud.
La comisión de selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas
deberán incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo
en el que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio
según sus circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la
prueba a realizar.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página
web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).