Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-61)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (carácter ordinario) y 2022 (estabilización).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21377/4

Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando
al efecto si participa por el cupo de reserva para personas con discapacidad general o
por el cupo de reserva para personas con enfermedad mental. Si no se hace constar este
dato se entenderá que se opta por el turno libre.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274566

Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren
con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad a que se
refiere el artículo 205.1.a) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en relación con la
disposición transitoria séptima de la misma norma.
c) Según la categoría profesional a que se opte y de conformidad con lo establecido
en el sistema de clasificación profesional vigente en el Convenio Colectivo del Personal
Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, deberá acreditarse estar en
posesión de la titulación académica que se detalla en el Anexo III.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente convalidación por el Ministerio competente
en materia de educación, o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Este requisito no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladadas, al amparo de las
disposiciones de Derecho Comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará por las personas
aspirantes que sean propuestas como seleccionadas conforme a lo indicado en la base
novena, apartado 8.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones
similares a las que desempeñaba en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente
ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado,
en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada
categoría profesional a que se aspira, según las disposiciones contenidas en la base
quinta y por el importe establecido en el Anexo III, o acreditar estar exento de su pago, de
acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la citada base quinta.
g) No ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Junta de Andalucía
en la categoría profesional para la que se presente la solicitud.
3. Estarán exentos de justificación documental aquellas condiciones y requisitos
recogidos en el punto anterior que, conforme al Reglamento Regulador del Registro
General de Personal de la Junta de Andalucía, consten inscritos en el mismo.
4. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 8 de la base novena, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa
conforme a lo establecido en la base quinta de esta convocatoria.