Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-61)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (carácter ordinario) y 2022 (estabilización).
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
6. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una
oferta de vacantes
diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este supuesto, las
personas con discapacidad seleccionadas podrán optar por elegir destino, según el orden
establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas en el turno libre, o
de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con discapacidad.
7. Por resolución/es de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
que se publicará/n en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará relación de
plazas para que las personas seleccionadas, de forma telemática a través de la Web del
Emplead@ realicen, en un plazo de diez días hábiles, petición de destinos y presenten la
documentación preceptiva señalada en el apartado siguiente. En esta figurará, al menos,
el mismo número de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas.
8. En los términos expresados en el apartado anterior, quienes figuren en la relación
definitiva de personas seleccionadas deberán aportar junto con la petición de destinos la
siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban como personal laboral, en el
que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro estado,
no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o
información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o
la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable,
la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo
declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales
hechos, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier Índole a que hubiera lugar.
b) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
validos bien certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
c) En el caso de optar por puesto que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía