Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-61)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan, por el sistema de concurso-oposición, procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (carácter ordinario) y 2022 (estabilización).
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 198 puntos y vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases, sin que en
ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda ser aplicada para
superar la fase de oposición.
Para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo de carácter ordinario, en caso de
empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, el orden se establecerá
atendiendo a la puntuación obtenida en el concurso de méritos en cada apartado del
baremo, por el mismo orden en que aparecen regulados en esta convocatoria; de persistir
la igualdad, se acudirá al tiempo de experiencia profesional, atendiéndose a cada uno
de los subapartados de dicho mérito por el orden en que se encuentran relacionados.
Si, a pesar de lo establecido anteriormente, el empate persiste,se atenderá en primer
lugar al mayor número de respuestas correctas en el ejercicio de la fase de oposición y,
en segundo lugar, al menor número se respuestas incorrectas en el ejercicio de la fase
de oposición. En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo,
se resolverá a favor de la persona aspirante que en la categoría sea de un sexo que se
encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo con los datos actualizados del
Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.
Para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo de estabilización de empleo temporal
en caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, el orden se
establecerá atendiendo a los siguientes criterios de desempate:
a) Tiempo de experiencia profesional que se haya adquirido en la misma categoría
a que se opta en el ámbito del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
b) Tiempo real de experiencia profesional, sin sujeción al límite máximo de la
valoración del mérito que se haya adquirido en la misma categoría a que se opta en el
ámbito del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta
de Andalucía.
c) Tiempo total de experiencia profesional en puestos cuyos contenidos funcionales
sean homólogos a los encomendados a la categoría a que se aspira, en el ámbito de las
Administraciones Públicas o empresas privadas.
d) Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal en todas las
categorías profesionales en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
e) Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal en todas las
categorías profesionales en otras Administraciones Públicas.
f) La puntuación obtenida en cada uno de los subapartados del baremo de méritos,
en el mismo orden en que se relacionan.
g) Mayor número de respuestas correctas en el ejercicio de la fase de oposición.
h) Menor número de respuestas incorrectas en el ejercicio de la fase de oposición.
i) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en la categoría profesional de que se trate
sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo con los
datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.
2. Se celebrará en primer lugar la fase de oposición.
2.1. La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 109
puntos. Constará de un ejercicio de carácter teórico-práctico, compuesto de dos partes,
que se realizarán en la misma sesión. La duración total del ejercicio será de 180 minutos:
a) La parte teórica consistirá en contestar por escrito un cuestionario propuesto por
la comisión de selección que contendrá 75 preguntas de tipo test con cuatro respuestas
alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las 73 primeras preguntas serán ordinarias
y evaluables y las 2 últimas de reserva, adecuadas a las funciones propias de la categoría
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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