Autoridades y personal. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/535-26)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo extraordinario de estabilización del empleo temporal en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21208/6

Undécima. Acreditación de los méritos alegados.
Las personas aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos,
conforme al baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto
el impreso de solicitud. Para la cumplimentación de los apartados correspondientes a
los méritos de experiencia y antigüedad todas las personas aspirantes deberán tomar en
consideración la información relativa a los mismos que se consigna en el informe de vida
laboral. La autobaremación efectuada vinculará a la Comisión de Selección, en el sentido
de que el mismo sólo podrá valorar los méritos que hayan sido alegados y autobaremados
por las personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la consignada
por aquellas en cada apartado del baremo.
En el supuesto de los méritos relativos a la experiencia profesional autobaremados en
subapartados erróneos, la Comisión podrá trasladar los mismos al subapartado correcto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274377

Se valorará, con un máximo de 5 puntos, la antigüedad en las Administraciones
Públicas, a razón de 0,0011 puntos por día.
c) Asistencia e impartición de cursos de formación, perfeccionamiento.
Se valorará, hasta un máximo de 5 puntos, la asistencia e impartición de cursos de
formación o perfeccionamiento organizados, impartidos u homologados por la Agencia de
Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, el Instituto Andaluz de Administración Pública,
el Instituto Nacional de Administración Pública, el Servicio Andaluz de Empleo, el Servicio
Público de Empleo Estatal, Centros de Profesorado, Universidades, Organizaciones
Empresariales y Cámaras de Comercio, Entidades Locales y por Organizaciones
Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones
Públicas siempre que estén relacionados directamente con las funciones propias de
las plazas objeto de convocatoria, incluyendo los referidos a materias con contenidos
o competencias transversales en el ejercicio de tales funciones, como prevención
de riesgos laborales (generales y específicos de las plazas convocadas), igualdad de
género, protección de datos personales y similares.
La valoración a otorgar por la asistencia o impartición será la siguiente:
- 0,01 por hora sin pruebas de aptitud, con un máximo de 500 horas.
- 0,0125 por hora con pruebas de aptitud, con un máximo de 400 horas.
En todos los casos únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico
contenido y denominación, aunque se repita su participación o impartición. En los casos
en los que la duración del curso se exprese en créditos (ECTS) sin indicar su correlación
en el número de horas del mismo, se utilizará la equivalencia de 25 horas un crédito, salvo
que se justifique por el aspirante cualquier otra asignación de horas. No se valorarán los
cursos que no acrediten las fechas de realización ni las horas de duración. Asimismo, no
se valorarán los derivados de procesos selectivos, así como los diplomas o certificados
relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares que tengan una duración inferior a
5 horas lectivas.
El proceso de valoración consistirá en sumar las horas lectivas de los cursos recibidos
o impartidos, una vez diferenciadas en función de las pruebas de aptitud, hasta que
sumen el máximo evaluable de puntos asignado a este apartado.
d) En caso de empate en la puntuación del concurso de méritos, los criterios de
desempate será por este orden:
1.º Ocupación, en su caso, de las plazas de igual denominación y funciones a la que
se opte.
2.º Mayor experiencia en las plazas de igual denominación y funciones a la que se
opte en la Agencia.
3.º Mayor experiencia en las plazas de igual denominación y funciones a la que se
opte en otras Administraciones Públicas.
4.º Mayor edad.
5.º Sexo más subrepresentado en la plaza de igual denominación a la que se opta.