Autoridades y personal. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/535-26)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo extraordinario de estabilización del empleo temporal en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21208/4

c) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.
d) Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.
e) Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital o beneficiarias
de la renta mínima de inserción social en Andalucía.
A tal fin, las personas interesadas deberán incorporar la documentación acreditativa
de la exención emitida por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos
similares de otras Administraciones Públicas, junto con la solicitud de participación.
En el formulario se consignarán, entre otros, los siguientes datos: Código Territorial
«AP0000» (correspondiente a «Servicios Centrales AGAPA», código del órgano
territorial «Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía», código de provincia
«SS.CC.», código de centro «A. Gestión Agrar. y Pesqu. And»); Concepto de pago
«0005» (correspondiente a «Inscripción convocatorias selección personal Administración
General»); así como el total a ingresar.

Octava. Comisión de Selección.
La Comisión de Selección estará compuesta por tres miembros que actuarán como
presidente, secretario y vocal. A cada uno de los miembros se le asignará un suplente.
Para la válida constitución de la Comisión, a los efectos de celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de las personas titulares
de la Presidencia y la Secretaría o, en su caso, las personas que las sustituyan previa
designación a tales efecto por la persona titular de la Secretaría General. Corresponde
a la Comisión de Selección el desarrollo de las distintas fases del proceso, incluida la
resolución de las dudas que se presenten en aplicación de estas bases, así como la
propuesta de las personas seleccionadas a la Secretaria General.
Su composición se contiene en el Anexo IV de la presente resolución, pudiendo
estar asesorada por personal técnico especialista. La representación legal de la plantilla
participará en el proceso de selección conforme al convenio colectivo vigente de la
Agencia.
Quienes ostenten la condición de miembros de la Comisión deberán abstenerse de
intervenir cuando concurra alguno de los motivos enunciados en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a la abstención,
y podrán ser recusados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de esa misma ley.
Quien presida la Comisión podrá exigir a las personas que la integran la declaración
expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en el precitado artículo 23.
Se constituirá una comisión de selección por cada grupo profesional, de acuerdo con
la siguiente clasificación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274377

Séptima. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de la documentación, los listados provisionales
de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso,
se publicarán a través de la web de la Agencia. Con objeto de atender el trámite de
audiencia y formulación de alegaciones para su subsanación las personas solicitantes
dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de publicación para
formular alegaciones para subsanación y presentar los documentos y justificaciones que
estimen pertinentes, a través de los mismos medios y lugares que los establecidos para
la entrega de la solicitud.
Las personas solicitantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, quedarán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo.
Transcurrido el plazo establecido para la subsanación previsto en el apartado anterior,
se publicarán los listados definitivos teniendo en cuenta las alegaciones realizadas por
los personas solicitantes. La publicación de los listados definitivos servirá de resolución a
las reclamaciones realizadas.