Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21610/5

En virtud de lo expuesto anteriormente, a propuesta de la persona titular de la
Dirección General de Comercio, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
115.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo, y en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274817

autonómicas, de aplicación. Todo el marco jurídico de aplicación se encuentra recogido
de forma expresa en el articulado de las bases reguladoras. Con ello se genera un marco
normativo estable y predecible para las PYMEs y personas interesadas, el órgano gestor
de las actuaciones y cualquier otro colectivo que pudiera verse afectado. En respuesta
al principio de transparencia, el objetivo de las presentes bases reguladoras es nítido y
los motivos de la misma quedan igualmente claros en la presente exposición. Además
ha de señalarse que en cumplimiento del principio de publicidad activa, se ha dado
difusión al proceso de elaboración de la norma mediante su publicación en el Portal de
la Transparencia de la Junta de Andalucía y a través de la posibilidad de participación
en el trámite de audiencia pública. Por último, en aplicación del principio de eficiencia,
con las presentes bases reguladoras se ha pretendido evitar cargas administrativas
innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos
públicos, tal y como se ha expuesto en los párrafos precedentes. En este sentido, como
se ha indicado, tanto el recurso a medios de actuación administrativa automatizada para
la comprobación del cumplimiento de requisitos, como la adopción del procedimiento de
concurrencia no competitiva y la aprobación conjunta de la convocatoria para el ejercicio
2022, contribuirán al cumplimiento del principio de eficiencia.
Por otra parte, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2021, de 16 de
febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de
los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, se ha simplificado la tramitación de la aprobación de las
bases reguladoras, en los términos de lo dispuesto en su artículo 36. También se ha
incorporado al texto de las bases reguladoras la posibilidad prevista en el artículo 37.2
del citado Decreto-ley, en relación con la justificación, eximiendo de la obligación de
presentar aquellas facturas que tengan un importe inferior a 3.000 euros, sin perjuicio de
que las mismas se conserven por el beneficiario a efectos de cualquier control financiero
posterior.
En cuanto al pago de las ayudas se ha incluido en las bases reguladoras la posibilidad
de anticipar el 100% del importe de la subvención, como medida excepcional, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 29.1.c) de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, prorrogado para el ejercicio
2022, con el fin de lograr la ejecución de la totalidad de los fondos asignados a la
Comunidad Autónoma andaluza en los plazos establecidos en el Acuerdo de Conferencia
Sectorial, que exige su concesión y pago antes del 31 de diciembre de 2023.
Desde el punto de vista de la competencia, las presentes ayudas pretenden contribuir
a mejorar la posición de las pequeñas y medianas empresas comerciales frente a las
grandes empresas y a las grandes plataformas de venta on-line. Dado que ambos formatos
no parten de una situación de igualdad de condiciones, las ayudas que nos ocupan no
distorsionan la libre competencia, sino que contribuyen a compensar la situación de
desventaja de la que parten las empresas y personas potenciales beneficiarias respecto
de los otros formatos comerciales.