Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21610/21
aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. A estos efectos, la persona o
entidad solicitante asimismo deberá cumplimentar la declaración responsable incluida en
la solicitud, conforme al modelo de anexo de la Orden 1030/2021.
7.ª Declaración responsable sobre cumplimiento de los principios transversales
establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al
modelo de anexo de la Orden 1030/2021.
8.ª Declaración responsable sobre cumplimiento del principio de no causar un daño
significativo al medioambiente (principio DNSH), conforme al modelo de anexo de la
Orden 1030/2021.
9.ª Declaración responsable sobre el cumplimiento de la legislación medioambiental
pertinente nacional y de la Unión Europea.
10.ª Declaración responsable de la viabilidad del proyecto sin tener como condición la
subvención, comprometiéndose a aportar los fondos para el mantenimiento de los bienes
objeto de la misma, durante al menos dos años.
11.ª Declaración responsable sobre no encontrarse incurso en ninguna situación
que pueda calificarse de conflicto de intereses. A estos efectos, la persona o entidad
solicitante deberá cumplimentar, para el supuesto de que resulte beneficiaria, la
declaración responsable incluida en la solicitud, que acredite la ausencia de conflicto
de intereses, conforme al modelo de anexo de la Orden 1030/2021. (Declaración de
ausencia de conflicto de intereses: DACI).
12.ª Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha y, en su caso, importe, así como el compromiso
de comunicar aquellas otras solicitudes que presente ante cualquier otro Organismo a lo
largo del año de la convocatoria, así como las ayudas que le sean concedidas a partir de
la fecha de la solicitud.
13.ª Declaración responsable sobre el cumplimiento del régimen de mínimis, en el
que se informe sobre las ayudas sujetas a dicho régimen percibidas por el solicitante
de cualquier otra Administración Pública española, durante los dos ejercicios fiscales
anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, a fin de comprobar, que sumadas al
importe solicitado no se excede el límite máximo de 200.000 euros.
3. La solicitud irá dirigida a la persona titular del órgano competente para resolver
según lo dispuesto en el artículo 16 de las presentes bases reguladoras.
4. Al amparo de lo establecido en el artículo 10.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representante, se entenderá ya
acreditada mediante el propio acto de la firma cuando se utilice alguno de los sistemas de
firma previstos en el apartado 2 del artículo 14 de estas bases reguladoras.
5. En los supuestos de las solicitudes presentadas a través de un representante, a
los efectos de acreditación de la representación, se entenderán como medios preferentes
la utilización de un certificado de representante emitido por una entidad certificadora,
en cuyo caso no será preciso aportar ninguna documentación, y la inscripción de la
representación en el Registro Electrónico de Apoderamientos, en cuyo caso aportará
el certificado que lo acredite. Ello sin perjuicio de que acredite la representación por
cualquier otro medio de los dispuestos en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en cuyo caso habrá de acreditarlo acompañando la documentación requerida
para ello. No se admite la acreditación de la representación mediante un documento
privado entre partes.
6. Conforme al artículo 120.2 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía y el artículo 23 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2020, de 4 de mayo, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21610/21
aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. A estos efectos, la persona o
entidad solicitante asimismo deberá cumplimentar la declaración responsable incluida en
la solicitud, conforme al modelo de anexo de la Orden 1030/2021.
7.ª Declaración responsable sobre cumplimiento de los principios transversales
establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al
modelo de anexo de la Orden 1030/2021.
8.ª Declaración responsable sobre cumplimiento del principio de no causar un daño
significativo al medioambiente (principio DNSH), conforme al modelo de anexo de la
Orden 1030/2021.
9.ª Declaración responsable sobre el cumplimiento de la legislación medioambiental
pertinente nacional y de la Unión Europea.
10.ª Declaración responsable de la viabilidad del proyecto sin tener como condición la
subvención, comprometiéndose a aportar los fondos para el mantenimiento de los bienes
objeto de la misma, durante al menos dos años.
11.ª Declaración responsable sobre no encontrarse incurso en ninguna situación
que pueda calificarse de conflicto de intereses. A estos efectos, la persona o entidad
solicitante deberá cumplimentar, para el supuesto de que resulte beneficiaria, la
declaración responsable incluida en la solicitud, que acredite la ausencia de conflicto
de intereses, conforme al modelo de anexo de la Orden 1030/2021. (Declaración de
ausencia de conflicto de intereses: DACI).
12.ª Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha y, en su caso, importe, así como el compromiso
de comunicar aquellas otras solicitudes que presente ante cualquier otro Organismo a lo
largo del año de la convocatoria, así como las ayudas que le sean concedidas a partir de
la fecha de la solicitud.
13.ª Declaración responsable sobre el cumplimiento del régimen de mínimis, en el
que se informe sobre las ayudas sujetas a dicho régimen percibidas por el solicitante
de cualquier otra Administración Pública española, durante los dos ejercicios fiscales
anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, a fin de comprobar, que sumadas al
importe solicitado no se excede el límite máximo de 200.000 euros.
3. La solicitud irá dirigida a la persona titular del órgano competente para resolver
según lo dispuesto en el artículo 16 de las presentes bases reguladoras.
4. Al amparo de lo establecido en el artículo 10.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representante, se entenderá ya
acreditada mediante el propio acto de la firma cuando se utilice alguno de los sistemas de
firma previstos en el apartado 2 del artículo 14 de estas bases reguladoras.
5. En los supuestos de las solicitudes presentadas a través de un representante, a
los efectos de acreditación de la representación, se entenderán como medios preferentes
la utilización de un certificado de representante emitido por una entidad certificadora,
en cuyo caso no será preciso aportar ninguna documentación, y la inscripción de la
representación en el Registro Electrónico de Apoderamientos, en cuyo caso aportará
el certificado que lo acredite. Ello sin perjuicio de que acredite la representación por
cualquier otro medio de los dispuestos en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en cuyo caso habrá de acreditarlo acompañando la documentación requerida
para ello. No se admite la acreditación de la representación mediante un documento
privado entre partes.
6. Conforme al artículo 120.2 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía y el artículo 23 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2020, de 4 de mayo, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
BOJA
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