Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21610/20
situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos,
hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.
Artículo 12. Solicitudes.
1. Solo se admitirá la presentación de una solicitud por entidad.
2. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formulario de solicitud incorporado
en la convocatoria, de uso obligatorio conforme a lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, el cual se podrá obtener en la dirección
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25180.html
y deberá ser cumplimentado a través de la plataforma electrónica prevista para ello,
íntegramente en todos sus apartados, conteniendo al menos la siguiente información:
a) Los datos identificativos de la entidad solicitante y, en su caso, de quien la
represente.
b) La información necesaria para practicar las notificaciones electrónicas que, en su
caso, proceda efectuar.
c) La información descriptiva sobre la actividad o proyecto para el que se solicita
la subvención. A estos efectos, las facturas proformas o presupuestos detallados en la
solicitud tendrán carácter estimativo sólo a efectos de valorar el proyecto a realizar, no
vinculando en la fase de justificación.
d) El órgano al que se dirige y su correspondiente código de identificación.
e) Las siguientes declaraciones responsables y compromisos:
1.ª Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en estas
bases reguladoras.
2.ª La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la
solicitud.
3.ª Declaración de no encontrarse incursa en las prohibiciones establecidas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 116 del texto refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
4.ª Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones por reintegro de
subvenciones con la Administración de la Junta de Andalucía.
5.ª Compromiso de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar
que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las
autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
6.ª Compromiso de aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas
implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
Artículo 11. Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.
1. Las convocatorias de subvenciones, junto con un extracto de las mismas, se
publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y también íntegramente en el
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, a través de la Base
de Datos Nacional de Subvenciones, pudiendo ser consultadas a través de la página web
de la Intervención General de la Administración del Estado en la dirección electrónica:
http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
2. El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en las respectivas
convocatorias.
No obstante, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, el órgano competente
para efectuarla adoptará una resolución que, para general conocimiento, será publicada
en la página web de la Consejería competente en materia de comercio, cuya dirección
electrónica se concretará en la convocatoria; en tal caso, el plazo de presentación de
solicitudes finalizará el día de esta publicación.
3. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución
de inadmisión será notificada personalmente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21610/20
situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos,
hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.
Artículo 12. Solicitudes.
1. Solo se admitirá la presentación de una solicitud por entidad.
2. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formulario de solicitud incorporado
en la convocatoria, de uso obligatorio conforme a lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, el cual se podrá obtener en la dirección
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25180.html
y deberá ser cumplimentado a través de la plataforma electrónica prevista para ello,
íntegramente en todos sus apartados, conteniendo al menos la siguiente información:
a) Los datos identificativos de la entidad solicitante y, en su caso, de quien la
represente.
b) La información necesaria para practicar las notificaciones electrónicas que, en su
caso, proceda efectuar.
c) La información descriptiva sobre la actividad o proyecto para el que se solicita
la subvención. A estos efectos, las facturas proformas o presupuestos detallados en la
solicitud tendrán carácter estimativo sólo a efectos de valorar el proyecto a realizar, no
vinculando en la fase de justificación.
d) El órgano al que se dirige y su correspondiente código de identificación.
e) Las siguientes declaraciones responsables y compromisos:
1.ª Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en estas
bases reguladoras.
2.ª La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la
solicitud.
3.ª Declaración de no encontrarse incursa en las prohibiciones establecidas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 116 del texto refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
4.ª Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones por reintegro de
subvenciones con la Administración de la Junta de Andalucía.
5.ª Compromiso de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar
que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las
autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
6.ª Compromiso de aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas
implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
Artículo 11. Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.
1. Las convocatorias de subvenciones, junto con un extracto de las mismas, se
publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y también íntegramente en el
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, a través de la Base
de Datos Nacional de Subvenciones, pudiendo ser consultadas a través de la página web
de la Intervención General de la Administración del Estado en la dirección electrónica:
http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
2. El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en las respectivas
convocatorias.
No obstante, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, el órgano competente
para efectuarla adoptará una resolución que, para general conocimiento, será publicada
en la página web de la Consejería competente en materia de comercio, cuya dirección
electrónica se concretará en la convocatoria; en tal caso, el plazo de presentación de
solicitudes finalizará el día de esta publicación.
3. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución
de inadmisión será notificada personalmente.