Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21610/12
c) Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de
la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular,
tales como:
1.ª Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los
consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas
más respetuosas con el medio ambiente.
2.ª Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución
del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías
y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental,
prestando especial atención a la última milla.
3.ª Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de
otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base
tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos,
papel, plástico, vidrio, etc) para su posterior reciclado y valorización.
4.ª Instalación de puntos de entrega inteligentes.
d) Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas que permitan a los
establecimientos comerciales mejorar la eficiencia en el consumo energético, que
subvencionarán, entre otros, los tendentes a cumplir con la obligación de disponer de
un sistema de puertas adecuado, siempre que entren dentro del ámbito de aplicación
del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sean, por consiguiente, de
obligado cumplimiento.
3. Al amparo de la línea 2, las asociaciones de comerciantes podrán solicitar las
siguientes actuaciones:
a) Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia
comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de
compra aplicables al colectivo de asociados.
1.ª Mejora de la atención, relación y conocimiento del consumidor, y su fidelización,
mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
2.ª Inversión en la transformación digital de las asociaciones para incorporar,
mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que
fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de
los clientes.
3.ª Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales
mediante la utilización de nuevas tecnologías.
4.ª Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
5.ª Soluciones en ciberseguridad.
6.ª Plataformas para la mejora de la comunicación interna entre negocios u otras
figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio
mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los
clientes.
7.ª Estandarización de los productos y generación de información.
8.ª Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles
inteligentes u otro tipo de dispositivos que sirvan para promocionar productos y servicios
colectivos.
b) Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta
del colectivo de asociados dirigidos tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los
consumidores como a nuevos modelos de gestión:
1.ª La transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de
comercialización de forma colectiva.
2.ª Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas
tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en los
establecimientos asociados o el área comercial afectada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21610/12
c) Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de
la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular,
tales como:
1.ª Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los
consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas
más respetuosas con el medio ambiente.
2.ª Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución
del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías
y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental,
prestando especial atención a la última milla.
3.ª Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de
otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base
tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos,
papel, plástico, vidrio, etc) para su posterior reciclado y valorización.
4.ª Instalación de puntos de entrega inteligentes.
d) Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas que permitan a los
establecimientos comerciales mejorar la eficiencia en el consumo energético, que
subvencionarán, entre otros, los tendentes a cumplir con la obligación de disponer de
un sistema de puertas adecuado, siempre que entren dentro del ámbito de aplicación
del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sean, por consiguiente, de
obligado cumplimiento.
3. Al amparo de la línea 2, las asociaciones de comerciantes podrán solicitar las
siguientes actuaciones:
a) Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia
comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de
compra aplicables al colectivo de asociados.
1.ª Mejora de la atención, relación y conocimiento del consumidor, y su fidelización,
mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
2.ª Inversión en la transformación digital de las asociaciones para incorporar,
mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que
fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de
los clientes.
3.ª Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales
mediante la utilización de nuevas tecnologías.
4.ª Métricas y análisis sobre el mercado, la competencia o el SEO.
5.ª Soluciones en ciberseguridad.
6.ª Plataformas para la mejora de la comunicación interna entre negocios u otras
figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio
mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de los
clientes.
7.ª Estandarización de los productos y generación de información.
8.ª Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles
inteligentes u otro tipo de dispositivos que sirvan para promocionar productos y servicios
colectivos.
b) Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta
del colectivo de asociados dirigidos tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los
consumidores como a nuevos modelos de gestión:
1.ª La transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de
comercialización de forma colectiva.
2.ª Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas
tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en los
establecimientos asociados o el área comercial afectada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
BOJA
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