Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-4)
Orden de 23 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21559/3
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Las presentes bases reguladoras se adecúan a los principios de buena regulación
establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 7 del Decreto 622/2019,
de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y
racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, como son el principio de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En cuanto a las razones de interés general, este proyecto de orden tiene como
objetivo único la modificación de la Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva dirigidas a ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y
promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.
En cuanto al rango de la norma, la Orden de 6 de agosto de 2021, consistente en la
aprobación de unas bases reguladoras de subvenciones, es el instrumento más adecuado
para garantizar la consecución de los objetivos perseguidos: impulsar el pequeño comercio
y la artesanía local, contribuyendo a su promoción y a dinamizar el comercio urbano y a
promocionar la artesanía en Andalucía. Así mismo, el instrumento más adecuado para
modificar esta orden de bases reguladoras es otra norma del mismo rango.
Del mismo modo, en las presentes bases reguladoras se han tenido también en
cuenta, los principios generales de organización y funcionamiento de la Administración
de la Junta de Andalucía, establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.
Las bases reguladoras que se aprueban se desarrollan dentro de la normativa
específica reguladora de subvenciones. Todo el marco jurídico de aplicación se encuentra
recogido de forma expresa en su articulado. Con todo ello se genera un marco normativo
estable y predecible para las entidades interesadas, el órgano gestor de las actuaciones
y cualquier otro colectivo que pudiera verse afectado.
Así mismo, en la redacción del texto se ha tenido en consideración el principio de eficiencia,
evitando en la medida de lo posible cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Además, y con el fin de facilitar a las entidades la aportación de los datos necesarios
para la evaluación de la solicitud presentada, se adjuntan a la solicitud de convocatoria
formularios que incluyen todos aquellos apartados necesarios para que las entidades
interesadas puedan completar de forma sistemática y ordenada la información requerida.
En cumplimiento del principio de publicidad activa, se ha llevado a cabo el trámite de
consulta previa a la elaboración del proyecto de orden por la que se modifica la Orden
de 6 de agosto de 2021, habiendo estado publicado en el Portal de Transparencia desde
el 21 de abril de 2022, siendo el plazo de aportaciones del 21 de abril al 5 de mayo de
2022. Dicho plazo finalizó sin que se recibiese ninguna aportación.
Además, la presente orden también ha sido sometida al preceptivo trámite de
audiencia al Consejo de las Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, según lo
dispuesto en el Decreto 58/2006, de 14 de marzo, por el que se regula el Consejo de los
Consumidores y Usuarios de Andalucía, como máximo órgano colegiado de consulta y
participación de las personas consumidoras en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por último, la presente orden ha sido elaborada teniendo en cuenta la integración
transversal del principio de igualdad de género, de conformidad con el artículo 5 de la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En su virtud, oído el Consejo Andaluz de Comercio, en su sesión celebrada el 29
de noviembre de 2022, a propuesta de la Dirección General de Comercio, en ejercicio
de las atribuciones conferidas por los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26.2.a) de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, así como
por el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274726
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21559/3
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Las presentes bases reguladoras se adecúan a los principios de buena regulación
establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 7 del Decreto 622/2019,
de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y
racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, como son el principio de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En cuanto a las razones de interés general, este proyecto de orden tiene como
objetivo único la modificación de la Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva dirigidas a ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y
promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.
En cuanto al rango de la norma, la Orden de 6 de agosto de 2021, consistente en la
aprobación de unas bases reguladoras de subvenciones, es el instrumento más adecuado
para garantizar la consecución de los objetivos perseguidos: impulsar el pequeño comercio
y la artesanía local, contribuyendo a su promoción y a dinamizar el comercio urbano y a
promocionar la artesanía en Andalucía. Así mismo, el instrumento más adecuado para
modificar esta orden de bases reguladoras es otra norma del mismo rango.
Del mismo modo, en las presentes bases reguladoras se han tenido también en
cuenta, los principios generales de organización y funcionamiento de la Administración
de la Junta de Andalucía, establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía.
Las bases reguladoras que se aprueban se desarrollan dentro de la normativa
específica reguladora de subvenciones. Todo el marco jurídico de aplicación se encuentra
recogido de forma expresa en su articulado. Con todo ello se genera un marco normativo
estable y predecible para las entidades interesadas, el órgano gestor de las actuaciones
y cualquier otro colectivo que pudiera verse afectado.
Así mismo, en la redacción del texto se ha tenido en consideración el principio de eficiencia,
evitando en la medida de lo posible cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Además, y con el fin de facilitar a las entidades la aportación de los datos necesarios
para la evaluación de la solicitud presentada, se adjuntan a la solicitud de convocatoria
formularios que incluyen todos aquellos apartados necesarios para que las entidades
interesadas puedan completar de forma sistemática y ordenada la información requerida.
En cumplimiento del principio de publicidad activa, se ha llevado a cabo el trámite de
consulta previa a la elaboración del proyecto de orden por la que se modifica la Orden
de 6 de agosto de 2021, habiendo estado publicado en el Portal de Transparencia desde
el 21 de abril de 2022, siendo el plazo de aportaciones del 21 de abril al 5 de mayo de
2022. Dicho plazo finalizó sin que se recibiese ninguna aportación.
Además, la presente orden también ha sido sometida al preceptivo trámite de
audiencia al Consejo de las Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, según lo
dispuesto en el Decreto 58/2006, de 14 de marzo, por el que se regula el Consejo de los
Consumidores y Usuarios de Andalucía, como máximo órgano colegiado de consulta y
participación de las personas consumidoras en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por último, la presente orden ha sido elaborada teniendo en cuenta la integración
transversal del principio de igualdad de género, de conformidad con el artículo 5 de la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En su virtud, oído el Consejo Andaluz de Comercio, en su sesión celebrada el 29
de noviembre de 2022, a propuesta de la Dirección General de Comercio, en ejercicio
de las atribuciones conferidas por los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26.2.a) de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, así como
por el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274726
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía