Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/535-5)
Orden de 12 de diciembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 20683/13
Tercera. Solicitudes, documentación, derechos de examen, plazo y lugar de presentación.
3.1. Solicitudes.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto
302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en este procedimiento selectivo
deberán cumplimentar el formulario web de participación (Anexo I), que facilitará la
Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en el
mismo se incluyan. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará
un código identificador de solicitud (CIS) que dará validez y unicidad a esta.
3.1.1. El personal aspirante deberá consignar en el formulario el turno por el que
participa, marcando en su caso las casillas de discapacidad intelectual o enfermedad
mental, así como el nombre y código del cuerpo y especialidad y la provincia por la que
desea concurrir. Esta última opción se respetará siempre que sea posible. Asimismo,
deberá manifestar su voluntad de formar parte de las bolsas de trabajo de los respectivos
cuerpos docentes.
3.1.2. El personal aspirante que se oponga a la consulta de los datos de identidad
a través de los sistemas de verificación de identidad, lo establecerá consignando el
apartado correspondiente del formulario.
3.1.3 . El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual
o superior al 33% por la Administración Autonómica de Andalucía y se oponga a la
consulta de datos de discapacidad a través de los sistemas de consulta proporcionados
por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de
Andalucía al Sistema Integrado de Servicios Sociales, lo deberá señalar en el apartado
correspondiente de la solicitud. Asimismo, si precisa adaptación lo señalará en el lugar
indicado del formulario.
3.1.4. El personal aspirante que se oponga a la consulta de los datos de titulación a
través de los sistemas de consulta de titulaciones universitarias y no universitarias de que
dispone el Ministerio de Educación y Formación Profesional, lo deberá consignar en el
apartado correspondiente del formulario.
3.1.5. El personal aspirante que tenga reconocida la condición de familia numerosa de
categoría especial y general por la Administración autonómica de Andalucía y se oponga
a la consulta de los datos a través de los sistemas de verificación de datos de familia
numerosa, deberá consignarlo en el apartado correspondiente del formulario.
3.2. Documentación acreditativa.
Los aspirantes deberán acompañar a sus solicitudes de participación en el proceso
selectivo la documentación acreditativa necesaria. Toda la documentación justificativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273853
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, siempre que su incapacidad no
sea incompatible con el ejercicio de la docencia.
2.3.2. La condición de discapacidad deberá poseerse a fecha fin del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no supondrá
en ningún caso la admisión del aspirante por el turno de reserva de discapacidad.
2.3.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de ingreso,
quienes concurran por este turno no podrán hacerlo por el turno general a la misma
especialidad.
2.4. Fecha en la que se deben poseer estos requisitos.
Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera, pudiendo ser excluidos por resolución
motivada aquellos aspirantes en los que se acredite la falta de cumplimiento de estos
requisitos en cualquier momento del procedimiento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 20683/13
Tercera. Solicitudes, documentación, derechos de examen, plazo y lugar de presentación.
3.1. Solicitudes.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto
302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en este procedimiento selectivo
deberán cumplimentar el formulario web de participación (Anexo I), que facilitará la
Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en el
mismo se incluyan. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará
un código identificador de solicitud (CIS) que dará validez y unicidad a esta.
3.1.1. El personal aspirante deberá consignar en el formulario el turno por el que
participa, marcando en su caso las casillas de discapacidad intelectual o enfermedad
mental, así como el nombre y código del cuerpo y especialidad y la provincia por la que
desea concurrir. Esta última opción se respetará siempre que sea posible. Asimismo,
deberá manifestar su voluntad de formar parte de las bolsas de trabajo de los respectivos
cuerpos docentes.
3.1.2. El personal aspirante que se oponga a la consulta de los datos de identidad
a través de los sistemas de verificación de identidad, lo establecerá consignando el
apartado correspondiente del formulario.
3.1.3 . El personal aspirante que tenga reconocido un grado de discapacidad igual
o superior al 33% por la Administración Autonómica de Andalucía y se oponga a la
consulta de datos de discapacidad a través de los sistemas de consulta proporcionados
por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de
Andalucía al Sistema Integrado de Servicios Sociales, lo deberá señalar en el apartado
correspondiente de la solicitud. Asimismo, si precisa adaptación lo señalará en el lugar
indicado del formulario.
3.1.4. El personal aspirante que se oponga a la consulta de los datos de titulación a
través de los sistemas de consulta de titulaciones universitarias y no universitarias de que
dispone el Ministerio de Educación y Formación Profesional, lo deberá consignar en el
apartado correspondiente del formulario.
3.1.5. El personal aspirante que tenga reconocida la condición de familia numerosa de
categoría especial y general por la Administración autonómica de Andalucía y se oponga
a la consulta de los datos a través de los sistemas de verificación de datos de familia
numerosa, deberá consignarlo en el apartado correspondiente del formulario.
3.2. Documentación acreditativa.
Los aspirantes deberán acompañar a sus solicitudes de participación en el proceso
selectivo la documentación acreditativa necesaria. Toda la documentación justificativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273853
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, siempre que su incapacidad no
sea incompatible con el ejercicio de la docencia.
2.3.2. La condición de discapacidad deberá poseerse a fecha fin del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no supondrá
en ningún caso la admisión del aspirante por el turno de reserva de discapacidad.
2.3.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de ingreso,
quienes concurran por este turno no podrán hacerlo por el turno general a la misma
especialidad.
2.4. Fecha en la que se deben poseer estos requisitos.
Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera, pudiendo ser excluidos por resolución
motivada aquellos aspirantes en los que se acredite la falta de cumplimiento de estos
requisitos en cualquier momento del procedimiento.