Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/249-9)
Decreto 567/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022 de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y se modifican los Decretos 290/2021, 291/2021, 292/2021, 293/2021 y 294/2021, todos de 28 de diciembre, por los que se disuelven las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se designan los correspondientes órganos liquidadores, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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Por último, en relación al principio de transparencia, teniendo en cuenta que, conforme
a lo dispuesto en el artículo 70 del TRLEBEP, la Oferta de Empleo Público constituye
un instrumento de gestión de la provisión de las necesidades de personal, atendiendo
a dicho carácter organizativo esencial, está exenta de los distintos trámites propios de
la participación pública, esto es, la consulta pública previa, audiencia e información
públicas, no obstante su contenido se ha puesto en conocimiento de las organizaciones
más representativas del personal sanitario mediante su negociación en la Mesa Sectorial
y se ha permitido su conocimiento por parte de la ciudadanía mediante su publicación en
la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.
En su virtud, previa negociación con las Organizaciones Sindicales más
representativas en el seno de la Mesa Sectorial y de acuerdo con lo previsto en los
artículos 4.2.f) y 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, a propuesta de la Consejera
de Salud y Consumo de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con
informes de las Consejerías de Justicia, Administración Local y Función Pública, y de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su reunión del día 27 de diciembre de 2022,
DISPONGO

Artículo 2. Cuantificación y distribución de la Oferta de Empleo Público.
1. En la Oferta de Empleo Público, en adelante OEP, se incluyen las necesidades
de recursos humanos que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal
existentes y que deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, de acuerdo con
la distribución por categorías profesionales y especialidades o turnos de acceso, que
figuran en el Anexo I. Asimismo se incluyen las plazas que deben proveerse por personal
que ya ostenta la condición de personal estatutario fijo mediante los procesos selectivos
de promoción interna, con la distribución que se contempla en el Anexo II.
2. La articulación de los correspondientes procesos selectivos garantizará en todo
caso el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad
y publicidad.
3. Las plazas de personal estatutario que contempla la presente OEP, tanto de acceso
libre como de promoción interna, se podrán convocar conjuntamente con las plazas
correspondientes a OEP ordinarias anteriores o que se aprueben con posterioridad.
De igual modo se podrá proceder respecto de las plazas no convocadas o declaradas
desiertas, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.3 del Decreto 213/2017, de 26 de
diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, así como en el artículo
2 del Decreto 296/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios
del Servicio Andaluz de Salud, teniendo en cuenta que en todo caso, la ejecución de
la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo
improrrogable de tres años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 del
TRLEBEP .
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 1. Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, en adelante TRLEBEP, y en el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, se aprueba
la Oferta de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud
correspondiente al año 2022, en los términos que se establecen en el presente decreto.