5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/249-49)
Anuncio de 19 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Almargen, para la estabilización del empleo temporal. (PP. 3813/2022).
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
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los que no se especifiquen las horas del mismo, se considerarán como 4 horas por día de
realización, y si no vienen expresados los días, como un solo día.
• Agrupaciones profesionales (antiguo grupo E): 0,25 puntos por hora de asistencia y
por horas de docencia y 0,26 puntos por cursos que se han recibido con aprovechamiento.
Aquellos cursos en los que no se especifiquen las horas del mismo, se considerarán
como 4 horas por día de realización, y si no vienen expresados los días, como un solo
día.
b) Por titulación oficial de igual o superior nivel y distinta a la exigida para el acceso a
la plaza que se opta, y que guarde relación con esta:
• 1 punto por cada titulación oficial superior a la exigida en el puesto (ESO, Grado
Medio, Grado Superior, Bachillerato, Diplomatura, Licenciatura, Grado Universitario y
Máster.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y
numerada. Los aspirantes estarán obligados a aportar los originales de la citada
documentación en cualquier momento que le fueren requeridos por el tribunal a efectos
de comprobación y en todo caso antes de la adjudicación de la plaza.
En caso de empate, se atenderá en el siguiente orden:
- En primer lugar, a la totalidad de los servicios prestados en la categoría objeto de la
convocatoria en la Administración que ha convocado el proceso, sin límite de puntuación.
- En segundo lugar, a la totalidad de méritos formativos sin límite de puntuación.
- En tercer lugar, a los servicios prestados en cualquier categoría en la Administración
convocante.
- En cuarto lugar, a los servicios prestados en la categoría objeto de la convocatoria
en otras Administraciones.
- En quinto lugar, al orden alfabético de los opositores, de conformidad con lo previsto
en la Resolución de la Secretaría de Estado competente en materia de Función Pública,
vigente en la fecha de finalización del plazo de solicitudes, por la que se determine el
orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que se celebren
durante el año. La ordenación alfabética de los aspirantes, se efectuará atendiendo a las
reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
Concurso-oposición (plazas afectadas por el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre).
1. Primera fase: Oposición. Se celebrará previamente a la fase de concurso, no
siendo eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición, en el marco de la negociación
colectiva establecida en el artículo 37.1.c) del TREBEP. Su desarrollo se efectuará de
acuerdo con lo previsto en el punto A.1 de estas bases.
2. Segunda fase: Concurso. Se celebrará con posterioridad a la fase de oposición.
No tendrá carácter eliminatorio y no podrá tener en cuenta para superar las pruebas de la
fase de oposición. Su desarrollo se efectuará de acuerdo con lo previsto en la base A.2
A.1. Fase de oposición. Constará de dos pruebas obligatorias; una prueba teóricopráctica, en la cual habrá que desarrollar material relacionado con las tareas a
desempeñar en el puesto que se pretende ocupar, no teniendo carácter eliminatorio,
que versarán sobre los programas que figuran en el punto 1.1.A, correspondiente a cada
categoría de las presentes bases que van por concurso oposición. La puntuación máxima
total que podrá obtenerse será de 60 puntos, y vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en cada uno de los dos ejercicios de que consta la oposición, no
teniendo ningún de ellos carácter eliminatorio.
Los ejercicios de que consta la fase de oposición son los siguientes:
• Primer ejercicio (teórico):
Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, con tres respuestas
alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, todas ellas relacionada con el bloque I
de materias comunes del temario que se detallan el en Anexo II de las presentes bases.
La puntuación máxima del ejercicio será de 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274301
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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los que no se especifiquen las horas del mismo, se considerarán como 4 horas por día de
realización, y si no vienen expresados los días, como un solo día.
• Agrupaciones profesionales (antiguo grupo E): 0,25 puntos por hora de asistencia y
por horas de docencia y 0,26 puntos por cursos que se han recibido con aprovechamiento.
Aquellos cursos en los que no se especifiquen las horas del mismo, se considerarán
como 4 horas por día de realización, y si no vienen expresados los días, como un solo
día.
b) Por titulación oficial de igual o superior nivel y distinta a la exigida para el acceso a
la plaza que se opta, y que guarde relación con esta:
• 1 punto por cada titulación oficial superior a la exigida en el puesto (ESO, Grado
Medio, Grado Superior, Bachillerato, Diplomatura, Licenciatura, Grado Universitario y
Máster.
La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada y
numerada. Los aspirantes estarán obligados a aportar los originales de la citada
documentación en cualquier momento que le fueren requeridos por el tribunal a efectos
de comprobación y en todo caso antes de la adjudicación de la plaza.
En caso de empate, se atenderá en el siguiente orden:
- En primer lugar, a la totalidad de los servicios prestados en la categoría objeto de la
convocatoria en la Administración que ha convocado el proceso, sin límite de puntuación.
- En segundo lugar, a la totalidad de méritos formativos sin límite de puntuación.
- En tercer lugar, a los servicios prestados en cualquier categoría en la Administración
convocante.
- En cuarto lugar, a los servicios prestados en la categoría objeto de la convocatoria
en otras Administraciones.
- En quinto lugar, al orden alfabético de los opositores, de conformidad con lo previsto
en la Resolución de la Secretaría de Estado competente en materia de Función Pública,
vigente en la fecha de finalización del plazo de solicitudes, por la que se determine el
orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que se celebren
durante el año. La ordenación alfabética de los aspirantes, se efectuará atendiendo a las
reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
Concurso-oposición (plazas afectadas por el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre).
1. Primera fase: Oposición. Se celebrará previamente a la fase de concurso, no
siendo eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición, en el marco de la negociación
colectiva establecida en el artículo 37.1.c) del TREBEP. Su desarrollo se efectuará de
acuerdo con lo previsto en el punto A.1 de estas bases.
2. Segunda fase: Concurso. Se celebrará con posterioridad a la fase de oposición.
No tendrá carácter eliminatorio y no podrá tener en cuenta para superar las pruebas de la
fase de oposición. Su desarrollo se efectuará de acuerdo con lo previsto en la base A.2
A.1. Fase de oposición. Constará de dos pruebas obligatorias; una prueba teóricopráctica, en la cual habrá que desarrollar material relacionado con las tareas a
desempeñar en el puesto que se pretende ocupar, no teniendo carácter eliminatorio,
que versarán sobre los programas que figuran en el punto 1.1.A, correspondiente a cada
categoría de las presentes bases que van por concurso oposición. La puntuación máxima
total que podrá obtenerse será de 60 puntos, y vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en cada uno de los dos ejercicios de que consta la oposición, no
teniendo ningún de ellos carácter eliminatorio.
Los ejercicios de que consta la fase de oposición son los siguientes:
• Primer ejercicio (teórico):
Consistirá en contestar por escrito un test multirrespuesta, con tres respuestas
alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, todas ellas relacionada con el bloque I
de materias comunes del temario que se detallan el en Anexo II de las presentes bases.
La puntuación máxima del ejercicio será de 20 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274301
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía