Autoridades y personal. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/535-67)
Acuerdo de 19 de diciembre de 2022, de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A., por el que se anuncia convocatoria pública de carácter excepcional para la cobertura de las plazas recogidas en la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en Sandetel para el año 2022, aprobada mediante Decreto 90/2022, de 31 de mayo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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puesto. El periodo de prueba no será aplicable respecto a aquellas personas candidatas
seleccionadas que con anterioridad a este proceso, hayan tenido una relación laboral con
Sandetel superior a 6 meses.
En caso de empate prevalecerá la persona candidata que mayor puntuación haya
obtenido, sucesivamente, en cada uno de los apartados reguladores de la valoración de
la experiencia profesional (3.1.1, 3.1.2 y 3.1.3), conforme al orden en que se recogen en
las presentes bases.
Si aplicado el anterior criterio de desempate permaneciera la igualdad entre dos o
más personas candidatas, prevalecerá la persona cuya experiencia acreditada tenga un
carácter más reciente, en atención a la actualización necesaria en el ámbito de actividad
de Sandetel y su continua actualización.
En última instancia, se recurrirá a una entrevista personal semiestructurada en la
que se constatarán las experiencias y conocimientos alegados por los candidatos, en la
que se requerirá la ampliación de la información aportada en el proceso, valorándose la
mayor idoneidad para el puesto en función de su resultado.
Agotados todos los sistemas de desempate anteriormente expuestos, se atenderá a
lo dispuesto en apartado 1 de las presentes bases respecto a las medidas de fomento de
igualdad de género.

3. Sistema selectivo.
Para la selección del/la candidato/a el Comité de Selección baremará los requisitos
siguiendo los siguientes criterios, estableciéndose una puntuación máxima de 100 puntos:
3.1. Experiencia profesional: Puntuación máxima 70 puntos.
La experiencia profesional se valorará con un máximo de 70 puntos según los
siguientes criterios:
3.1.1. Experiencia profesional con una relación laboral como indefinida no fija y/o por
obras y servicios en el puesto al que se opta en Sandetel. Se valorará con 0,60 punto por
mes de experiencia, acumulable con los siguientes criterios de experiencia.
3.1.2. Experiencia profesional con una relación laboral como indefinida no fija y/o por
obras y servicios en puestos distintos al que se opta, del mismo grupo profesional a este
último en Sandetel. Se valorará con 0,40 puntos por mes de experiencia, acumulable con
los restantes criterios de experiencia.
3.1.3. Experiencia profesional, con una relación laboral como indefinida no fija y/o
por obras y servicios en otros puestos del Sector Público, en el grupo profesional en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2. Requisitos de preselección.
Para ser preseleccionados/as y las candidaturas sean admitidas y continuar a las
fases subsiguientes, los/las candidatos/as deberán reunir las condiciones mínimas de
titulación exigidas en los grupos correspondientes plasmados en el art. 11 del I Convenio
Colectivo de Sandetel.
En todos los casos se solicitará que el/la candidato/a presente junto a su candidatura
copia del título que acredite el cumplimiento de este criterio de preselección con la
mención autografiada «Es copia fiel del original», y si fuera seleccionado/a, se aportarán
los títulos originales para su cotejo, en todas las páginas, acompañada de la firma y el
número del DNI del candidato, así como originales para su validación. Se exigirá poseer
la titulación requerida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del anuncio de esta convocatoria.
Para el caso de personas candidatas que en estos momentos esté prestando
servicios en Sandetel, la aportación de la documentación acreditativa de la titulación no
será necesaria para su participación, siempre y cuando tenga reconocida actualmente, y
conforme a lo establecido en el I Convenio Colectivo de Sandetel, la pertenencia al grupo
profesional al que opte.
Se descartarán todas las candidaturas que no acrediten los requisitos de preselección
establecidos en este apartado.