3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/248-22)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal del sector de gestión telefónica del Servicio de Emergencias 112, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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Número 248 - Jueves, 29 de diciembre de 2022

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de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable
necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad Gubernativa
podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios.
El Tribunal Constitucional en sus Sentencias 11, 26 y 33/1981, 51/1986 y 27/1989
ha sentado la doctrina en materia de huelga respecto a la fijación de tales servicios
esenciales de la comunidad, la cual ha sido resumida por la Sentencia de dicho Tribunal
43/1990, de 15 de marzo, y ratificada en la de 29 de abril de 1993, señalando la obligación
de la Administración de velar por el funcionamiento de los servicios esenciales de la
comunidad, teniendo en cuenta que «exista una razonable proporción entre los servicios
a imponer a los huelguistas y los perjuicios que padezcan los usuarios de aquellos,
evitando que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento normal
del servicio y al mismo tiempo procurando que el interés de la comunidad sea perturbado
por la huelga solamente en términos razonables».
El Servicio de Emergencias 112 constituye un servicio esencial para la comunidad
como mecanismo de respuesta ante situaciones de emergencia, recepcionando y
gestionando llamadas de emergencia de todo tipo, y activando los servicios operativos
que tienen que dar respuesta integral e inmediata: Bomberos, Policía Local, Guardia
Civil, Policía Nacional, etc., por ello la Administración se ve compelida a garantizar dicho
servicio esencial mediante la fijación de servicios mínimos, por cuanto que la falta de
protección de los referidos servicios prestados por esta empresa colisiona frontalmente
con los derechos a la vida y a la salud de los ciudadanos. La asistencia telefónica
de emergencias 112 hace posible la necesaria coordinación operativa municipal, la
actuación de bomberos y policía, la teleasistencia a personas mayores, a personas con
discapacidad, a mujeres víctimas de violencia de género y a menores maltratados; así
como el servicio de averías de emergencias 112 de energía eléctrica, gas y suministro de
agua. Los derechos fundamentales y bienes garantizados son el derecho a la integridad
física y moral, a la vida, a la libertad y seguridad, a la protección de la salud, y a la
promoción de un sistema de servicios sociales para los ciudadanos, proclamados en los
artículos 15, 17, 39, 43, 49 y 50 de la Constitución, respectivamente.
El servicio de emergencias 112 es competencia de la Dirección General de
Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa. El día 13 de diciembre se solicitan propuestas de servicios
mínimos a la Dirección General citada, a los sindicatos convocantes y a la empresa
adjudicataria, Serveo Servicios, S.A. (Ferrovial Servicios), por correo electrónico,
cumpliendo de esa manera el preceptivo trámite de audiencia.
Comisiones Obreras propone «60% del personal de operaciones en cada turno, de
las personas que estaban dimensionadas previamente en los distintos turnos, 50% del
personal técnico localizable que presta servicios habitualmente. Sin servicios mínimos
para el personal administrativo (operaciones coadyuvantes).»
La Confederación General del Trabajo de Andalucía, propone un gestor por turno
en los 8 servicios provinciales y dos gestores por turno en los dos centros regionales
(Málaga y Sevilla) en los periodos y días señalados para la huelga.
Por parte de la Subdirección de Emergencias de la Secretaría General de Interior
y Espectáculos Públicos de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa se ha elaborado la propuesta de servicios mínimos. Tal
propuesta tiene en consideración las fechas planteadas para la huelga coincidentes
con las festividades de Noche Buena, Navidad, Fin de Año, Año Nuevo y Reyes, lo que
supone un incremento importante en el número de asistencias demandadas. El porcentaje
propuesto es:
- Personal de la sala de operaciones regionales (Gestores, Coordinadores y Enlace):
80% por turno del personal sobre el dimensionamiento previsto.
- Personal de la sala de operaciones provinciales (Gestores y Coordinadores):
50% por turno del personal sobre el dimensionamiento previsto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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