3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/247-43)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, dela Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral , por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal en los centros de trabajo de Andalucía de RTVA y su Sociedad Filial Canal Sur Radio y Televisión, S.A., en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Miércoles, 28 de diciembre de 2022

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lo que incluye a los servicios de radiodifusión y televisión públicos del ámbito de la
Comunidad Autónoma.
De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, contenida en las sentencias
26/1981, de 17 de julio, y 51/1986, de 24 de abril, el carácter «esencial» que revisten
los servicios públicos de televisión de titularidad pública deriva no solamente por
determinación expresa del legislador, en las normas antes mencionadas, sino también
de su incidencia en el ejercicio de los derechos fundamentales a comunicar y recibir
libremente información veraz por cualquier medio de difusión, consagrados por el artículo
20.1.d) de la Constitución Española.
El día 9 de diciembre se solicitan propuestas de servicios mínimos tanto a la entidad
RTVA y Canal Sur, como a los sindicatos convocantes, por correo electrónico, cumpliendo
de esa manera el preceptivo trámite de audiencia.
Las propuestas de CCOO y de la Sección sindical del Sindicato de Periodistas de
Andalucía coinciden exactamente en los términos, proponiendo «Informativos y boletines
informativos para radio y televisión, en formato reducido y atendiendo exclusivamente a la
información y comunicaciones oficiales de interés general para la ciudadanía», no siendo
superior en ningún caso a lo previsto en fin de semana. Por su parte la empresa remite una
propuesta, señalando personal de servicios mínimos en cada uno de los servicios y turnos.
Una vez examinada todas las propuestas de servicios mínimos aportadas se procede
a elaborar esta resolución en cuyo anexo consta la regulación de los servicios mínimos
que se consideran adecuados para este servicio público, para lo cual se han tenido en
cuenta las siguientes valoraciones específicas de este conflicto:
Primera. El servicio público afectado por la convocatoria de huelga, esto es, el
derecho a comunicar o recibir libremente información, es un derecho fundamental previsto
en el art. 20.1.d) de la Constitución Española. El carácter de servicio esencial público
esencial de la comunicación audiovisual está reconocido legal y constitucionalmente,
con base en el ejercicio de los derechos fundamentales a comunicar y recibir libremente
información veraz.

Conforme a lo anterior y entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio
entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, se establecen los servicios mínimos que deben mantenerse
durante la jornada de huelga del día 22 de diciembre de 2022 y que son los que constan
en el anexo de esta resolución, la regulación se establece de conformidad con lo que
disponen las normas aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley
17/1977, de 4 de marzo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso
de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en
materia de trabajo; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia
y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente
13/2022, de 8 de agosto; del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274606

Segunda. Los precedentes administrativos, tales como la Resolución de 21 de
diciembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la
que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la Agencia Pública
Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) y sus sociedades filiales,
Canal Sur Radio y Televisión, S.A., mediante el establecimiento de servicios mínimos,
y la Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar
Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento de los servicios públicos esenciales
para la comunidad, durante la huelga general del día 8 de marzo de 2022, prestados por
empresas e instituciones, públicas o privadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.