3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/247-43)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, dela Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral , por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal en los centros de trabajo de Andalucía de RTVA y su Sociedad Filial Canal Sur Radio y Televisión, S.A., en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Miércoles, 28 de diciembre de 2022

página 21449/3

estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y del
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
en relación a la huelga convocada para todos los trabajadores y trabajadoras en todos
los centros de trabajo de Andalucía de RTVA y su Sociedad Filial Canal Sur Radio y
Televisión, S.A. La huelga se llevará a efecto el día 22 de diciembre de 2022 de 00:00 a
24:00 horas.
La huelga comprenderá la jornada completa de trabajo, de 00:00 a 24:00 horas,
incluyendo aquellos turnos de trabajo que coincidan parcialmente con el comienzo o con
el fin de la jornada de huelga.
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo.
Tercero. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos que
la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco
respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de diciembre de 2022.-El Director General, Luis Roda Oliveira.
A NE XO
SERVICIOS MÍNIMOS (Expte. H 82/2022 DGTSSL)

00274606

Se debe garantizar la producción y emisión de la programación informativa relevante,
en formato reducido, entendiendo por tales los Boletines Informativos y Diarios en radio
y los Avances Informativos y Diarios en televisión, que permita en todo caso difundir
las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público y en el caso de que
se produzca un suceso excepcional que requiriese ofrecer una información de máxima
actualidad, con el personal estrictamente necesario para ello.
Corresponde a la empresa, con la participación del comité de huelga, la facultad de
designar a las personas trabajadoras que deban efectuar los servicios mínimos, velar por
el cumplimiento de los mismos y la organización del trabajo correspondiente a cada una
de ellas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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