5. Anuncios. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/247-63)
Anuncio de 20 de diciembre de 2022, de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (Inturjoven), de la Convocatoria del proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal en esta Entidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Miércoles, 28 de diciembre de 2022

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Empleo Inturjoven. Las personas que quieran estar informadas podrán darse de alta y
recibir notificaciones sobre el día en que se inicia la fase de presentación de solicitudes
de cada proceso que se vaya habilitando.
Toda la información y tramitación de los diferentes procesos se realizará a través de
los medios que se especifican en la presente convocatoria y la que se determine en la
página web de Inturjoven, no sirviendo el canal de Telegram para un fin distinto al de estar
informado sobre el momento en el que se van a iniciar los diferentes procesos selectivos.

6. Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, las personas aspirantes deben
poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta
el momento de la toma de posesión o suscripción del contrato, los siguientes requisitos:
• Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea
o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de
trabajadores, conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros Tratados ratificados por
España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.
• Se exigirá tanto el permiso de residencia como el permiso de trabajo a las personas
extranjeras no contempladas en el apartado anterior.
• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
• Las personas con discapacidad que participen en el proceso de selección deberán
acreditar un grado de discapacidad igual o mayor del 33% y la capacidad funcional para el
desempeño de las funciones propias del puesto, mediante el certificado correspondiente
por el organismo competente en la materia.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera
de las administraciones públicas o de sus organismos, entidades, empresas, fundaciones
o cualesquiera empleadoras dependientes o vinculadas a las administraciones públicas,
ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo público, ni para el desempeño de la profesión
o funciones relacionadas con el puesto objeto de la convocatoria. Las personas cuya
nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidas a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
• Poseer la titulación o la experiencia exigida en el Anexo II de la presente convocatoria.
En el caso de que, durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no
tuviera el título oficial -por motivo de estar tramitándose su expedición-no se considerará
válido estar en posesión solo del certificado de abono de derecho de expedición de título,
sino que será necesario que posea una «Certificación supletoria provisional» del Título
Oficial, que será emitida por el Organismo correspondiente de acuerdo con los trámites
establecidos por el Centro Educativo correspondiente. En el supuesto de estar en posesión
de un título equivalente al exigido en la convocatoria, tras la celebración del proceso
selectivo -durante el plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento
de requisitos- la persona aspirante habrá de alegar la norma que establezca la equivalencia
o en su defecto acompañar certificado expedido por el órgano competente del Centro
Educativo que acredite la citada equivalencia. Las personas aspirantes con titulaciones
obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado
de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5. Sistema selectivo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP y en las Disposiciones
adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el sistema selectivo
para la provisión de las plazas contempladas en el Anexo I de la presente convocatoria
podrá ser el de concurso de méritos o el de concurso-oposición, identificándose en dicho
Anexo I cuales son las plazas para cada uno de estos sistemas selectivos.