Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/246-3)
Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre, por el que se adoptan medidas de carácter extraordinario y urgente en materia de Renta Mínima de Inserción Social, bono social térmico y de simplificación de los procedimientos de expedición del título de familia numerosa y de atención a las personas con discapacidad en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

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1.º Nombre, apellidos y documento nacional de identidad o NIE de la persona
beneficiaria.
2.º Domicilio completo del suministro, indicando vía, número, código postal y municipio.
3.º Domicilio completo a efectos de notificación, indicando vía, número, código postal
y municipio.
4.º Si tiene la consideración de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo
de exclusión social.
5.º Datos de la cuenta bancaria.
6.º Teléfono de contacto.
CAPÍTULO III

Artículo 3. Modificación del Decreto 172/2020, de 13 de octubre, por el que se
regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su
categoría, la expedición, renovación, modificación o revocación del título y del carné de
familia numerosa, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Decreto 172/2020, de 13 de octubre, por el que se regula el procedimiento para
el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su categoría, la expedición,
renovación, modificación o revocación del título y del carné de familia numerosa, en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, queda modificado como sigue:
Uno. Se modifica el artículo 4, que queda redactado con el siguiente tenor literal:
«Artículo 4. Solicitudes de expedición, renovación y modificación del título.
1. La solicitud habrá de presentarse conforme al modelo del Anexo I, debiendo aportar
además las declaraciones responsables contenidas en los Anexos II y III.
El Anexo I incluye los datos básicos de la solicitud y la información relativa a la
composición de la unidad familiar. En el Anexo II se recoge el modelo de declaración
responsable de ingresos a que se refiere el artículo 5.3.c), y en el Anexo III se incluye el
modelo de declaración responsable al que se refieren el artículo 5.1.a), párrafo tercero, y
el artículo 8.
2. Las solicitudes de expedición, renovación y modificación del título de familia
numerosa, así como toda la documentación que se aporte, deberán estar cumplimentadas
y redactadas, respectivamente, en castellano o, en su caso, traducidas a dicho idioma.
Los documentos públicos extranjeros que se aporten junto a la solicitud deberán estar
acompañados de traducción oficial y estar debidamente legalizados.
3. Todas las copias de la documentación requerida, tanto para la solicitud inicial como
para la renovación y la modificación, se aportarán de acuerdo con lo establecido en el
artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Se entenderá que la solicitud de condición de familia numerosa conlleva el
consentimiento para la cesión de datos de carácter personal necesarios para la
comprobación de ingresos económicos de la unidad familiar por parte del órgano
gestor, de conformidad con la disposición adicional octava de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre, la disposición adicional octava de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y el artículo 28 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. La autorización prestada mediante la firma de la solicitud por parte de la persona
solicitante, en representación de la unidad familiar, habilita al órgano competente para
que recabe la información necesaria para la tramitación y resolución de su procedimiento.
Dichas consultas incluirán, en todo caso, además del acceso a la información sobre
declaración de la renta y prestaciones públicas mencionado en el apartado 4, consulta
de identidad, de padrón, de discapacidad y, en definitiva, todas aquellas necesarias para
verificar el cumplimiento por parte de todas las personas integrantes de la unidad familiar,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Medidas de simplificación del procedimiento de expedición del título de familia numerosa