Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/245-5)
Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022

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Por otro lado, y como ya se ha señalado, los fondos para financiar esta línea de
subvenciones en el periodo 2021-2023 ascienden a 220 millones para subvenciones
a cargo del Plan de Recuperación. En concreto, para 2022, la Ley 22/2021, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, contempla un
importe de 170 millones. La puesta en práctica de este proyecto requiere que las partidas
anuales de subvenciones del Plan de Recuperación, que figuren en los presupuestos
en vigor en el periodo 2021-2023, sean transferidas anualmente a las Comunidades
Autónomas, dada su competencia exclusiva en materia de turismo.
En este contexto, el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 marzo
2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, Línea de
Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética de Empresas Turísticas (C14.I4, línea
de actuación 2) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha asignado a la
Comunidad Autónoma de Andalucía un total de 27.160.890,00 euros, cuantía que debe ser
ejecutada por Andalucía, y en concreto, por esta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,
a través de la presente convocatoria, a la que se destinará un total de 26.182.240,86 euros,
destinándose el importe restante a la cobertura de gastos de asistencia técnica.
III
En cuanto a la naturaleza jurídica de la presente orden, debe significarse que
la misma constituye un acto administrativo singular de carácter plúrimo conforme al
«criterio ordinamental» que viene siendo empleado desde hace varias décadas por la
jurisprudencia del Tribunal Supremo –y más recientemente, también por los Tribunales
Superiores de Justicia– como fundamento para distinguir entre los actos administrativos y
las disposiciones administrativas de carácter general. A la luz de dicho criterio, esta orden
se configura como un acto administrativo, y no como una disposición general, puesto
que no viene a innovar el ordenamiento jurídico, no tiene vocación de permanencia ni
es susceptible de diversas aplicaciones en el tiempo, sino que se configura como el
instrumento a través del cual va a articularse una medida de fomento individualizada
y concreta, como es la financiación de proyectos de eficiencia energética y economía
circular en empresas turísticas con cargo a los Fondos «Next Generation», prevista en el
Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia.
La presente orden desarrolla estas ayudas comunitarias estableciendo sus bases
reguladoras, que se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia,
concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos
fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recurso públicos, en el marco del
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento
del Turismo, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 159/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo,
Cultura y Deporte, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 118.1 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,

Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras, contenidas en el Anexo I de esta orden, para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a titulares de
alojamientos turísticos para la ejecución de las actuaciones previstas en el programa de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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RESUELVO