Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/245-5)
Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022

página 21295/2

Al amparo del instrumento MMR, esta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte va a
proceder a convocar subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas
a prestar apoyo para la ejecución de proyectos de eficiencia energética y economía
circular en empresas turísticas.
En relación con estos proyectos de eficiencia energética, y en el marco del Instrumento
Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), en España se ha aprobado el Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación), plan que constituye la
hoja de ruta para guiar el proceso de programación, presupuestación, gestión y ejecución
de las actuaciones financiables con fondos europeos, en especial los provenientes del
Instrumento Europeo de Recuperación.
Posteriormente, el 30 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado
la Resolución de 29 de abril de 2021, por la cual se publica el Acuerdo del Consejo
de Ministros, de 27 de abril de 2021, por el cual se aprueba el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR). Este Plan fue concebido como un proyecto que
traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación
del crecimiento económico y la creación de empleo, tras la crisis de la COVID-19, como
también para preparar el país para afrontar los retos del futuro.
El Gobierno de España publicó, el 16 de junio de 2021, el documento relativo al
Componente 14 (Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico). En este
documento se encuentra la medida C.14.I4, línea de actuación 2, relativa al desarrollo
de productos turísticos, de la eficiencia energética y la economía circular en el sector,
mediante inversiones en el mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico de uso
turístico y en la mejora de zonas comerciales con impacto sobre la actividad turística, que
permitan aumentar la competitividad.
El objetivo CID 227 del Plan de Recuperación prevé que, «entre las medidas
específicas para reducir el consumo de energía cabe citar la instalación de sensores
para monitorizar y optimizar dicho consumo, el fomento del uso de sistemas de gestión
energética (como el sistema de certificación según la ISO 500001), la utilización de
materiales que favorezcan el aislamiento térmico, el uso de tecnologías más eficientes en
materia energética, y el recurso a elementos exteriores, como sombras o jardines.
Dentro del objetivo general de reducir la presión del turismo sobre el territorio y el
medio ambiente, la medida propuesta persigue incrementar la competitividad de las
empresas turísticas mediante la incorporación de elevados estándares en materia de
eficiencia energética y economía circular, para disminuir así su huella de carbono y los
costes energéticos.
Y todo ello respetando la obligación de que todos los proyectos financiados con recursos
del Mecanismo de Recuperación respeten el principio de no causar un perjuicio significativo
al medio ambiente («Do not Significant Harm», DNSH), tal y cono se establece en toda la
normativa reguladora del mecanismo (Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, por
el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; Comunicación de la
Comisión 2021/C 58/01, de 12 febrero (Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo»); y Decisión de ejecución del Consejo de 16 junio 2021,
relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y resiliencia de España).
Además, también indicar que todos los proyectos de inversión que se financien con recursos
derivados de este acuerdo deben de respetar las condiciones del etiquetado climático.
Lo anterior incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en la
Componente 14, en la medida 4 en la que se enmarcan dichas actuaciones, tanto en lo
referido al principio DNSH, como al etiquetado climático, y especialmente las recogidas
en los apartados 3, 6 y 8 del documento del Componente del Plan, en el Anexo a la CID y
en el Acuerdo sobre las Disposiciones Operativas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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