Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/245-5)
Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022

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«Financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas
turísticas», incluido en el apartado de «modernización y competitividad del sector turístico»
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, componente 14, Inversión 4,
submedida 2, financiado con fondos «Next Generation – EU.», según lo establecido en el
Acuerdo de la Conferencia Sectorial de 29 de marzo de 2022, publicado por Resolución
de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, sobre reparto territorial
de crédito correspondiente al presupuesto 2022, de la Línea de Financiación para
proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan
de Recuperación, Transformación y Resilencia.

Disposición adicional única. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Calidad, Innovación y
Fomento del Turismo, para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para
la ejecución de la presente orden, sin que en ningún caso pueda suponer modificar el
contenido de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274450

Artículo 2. Convocatoria de las subvenciones.
1. Conforme al artículo 61.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de forma
conjunta a las bases reguladoras se convoca el procedimiento para la concesión de
subvenciones.
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 26.182.240,86
euros. Las subvenciones se financiarán con fondos procedentes del Instrumento Europeo
de Recuperación denominado «Next Generation EU».
3. La concesión de las subvenciones estará condicionada a la presentación por las
personas solicitantes de escrito por el que se comprometen a conceder los derechos y los
accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina europea de lucha contra
el fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades
nacionales competentes, ejerzan sus competencias.
4. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 40 bis del señalado texto refundido, y en la
medida de que nos encontramos ante una subvención de tramitación anticipada, el gasto
que se proyecta queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en
el Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento para el ejercicio 2023, en el momento
de dictarse la resolución de adquisición del compromiso. Una vez que entre en vigor el
Presupuesto del ejercicio 2023, y previamente a la adquisición del compromiso en ese
ejercicio, se emitirá informe en el que se hará constar que las actuaciones practicadas
conservan plenamente su validez, por subsistir las mismas circunstancias de hecho y de
Derecho que condicionaron en su día esta tramitación anticipada.
5. Las solicitudes se presentarán en el Formulario de Solicitud (Anexo II) en el plazo
de seis meses a contar desde las 00:00 del día siguiente al de la publicación del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El plazo concluirá a las
23:59 horas del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. La presente
convocatoria será objeto también de publicación en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, conforme al Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula
la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás
ayudas públicas.
6. Las solicitudes se presentarán en el en el Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios.html