Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/245-5)
Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Viernes, 23 de diciembre de 2022

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con los criterios de la «Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con
el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente», publicada por el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
h) Presupuesto de la empresa o empresas que vayan a ejecutar materialmente las
actuaciones para las que se solicita subvención, suficientemente desglosado, de fecha
posterior a 29 de marzo de 2022.
i) En el caso de los costes de gestión de solicitud de la subvención, para ser admitidos
como coste elegible, deberán de encontrarse debidamente contemplados y detallados en
documento u oferta vinculante contractual formalizada con el empresario o profesional
correspondiente, cuya copia se acompañará.
j) Para acreditar que no es una empresa en crisis, en el caso de empresas que
tengan la condición de personas jurídicas, se presentará el Impuesto de Sociedades
correspondiente a los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. En el caso de empresas que
aún no hayan presentado el impuesto señalado correspondiente al ejercicio 2022, habrán
de indicar en la solicitud la cuantía incluida en sus cuentas anuales en los apartados
relativos a fondos propios y a capital social. Una vez presentadas las cuentas anuales
habrán de aportarlas junto con la justificación de la subvención.
k) Para acreditar que es una pyme y a afectos de comprobar sus cifras económicas,
se presentará el resumen anual del Impuesto del Valor Añadido, el Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas o el Impuesto de Sociedades, según corresponda en
función del tipo de empresa y su régimen tributario, correspondiente al último ejercicio
contable cerrado y al ejercicio contable inmediatamente anterior.
l) Escrito por el que se compromete a conceder los derechos y los accesos necesarios
para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía
Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan sus competencias (Anexo VI
de las presentes bases reguladoras).
m) Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Anexo VII de las presentes
bases reguladoras).
n) Declaración de cesión y tratamiento de datos (Anexo VIII de las presentes bases
reguladoras).
ñ) Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (Anexo IX de las
presentes bases reguladoras).

Decimosexta. Tramitación.
1. La instrucción y resolución de la solicitudes presentadas se llevará a cabo de
manera individualizada, por orden de la fecha y hora de entrada en el Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía, y hasta el límite de la consignación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Decimoquinta. Órganos competentes para la instrucción y resolución.
1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de
subvenciones será la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, y el
órgano competente para la resolución del procedimiento será la Secretaría General para el
Turismo, por delegación de la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
2. El órgano instructor llevará a cabo los procedimientos y mecanismos oportunos que
reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses, de conformidad con el
artículo 22.2.b) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, y
del artículo 61, apartados 2 y 3, del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018), mediante la
cumplimentación por parte de quienes participen en el procedimiento de una declaración
de ausencia de conflicto de intereses (Modelo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre).