3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/244-41)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía. Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Jueves, 22 de diciembre de 2022

página 21095/11

En los expedientes nº 7, 9 ,10 y 13 se superan los plazos máximos establecidos legalmente para
la adjudicación:
- 15 días desde el siguiente al de apertura de las proposiciones, cuando el único criterio a
considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio (art. 161.1 del
TRLCSP).
- dos meses desde la apertura de las proposiciones, cuando para la adjudicación del
contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios (art. 158.2 de la LCSP).

30

Ejecución de los contratos
En cuatro expedientes (nº 2, 5, 12, 13) el plazo de pago al tercero supera el establecido en el
contrato desde la conformidad de la factura (art. 198 de la LCSP y 216 del TRLCSP).

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Publicidad y transparencia en materia de contratación administrativa
En los expedientes nº 1 y 10 se incumple el plazo de 15 días para la publicación de la resolución
de adjudicación en el perfil del contratante (art. 151.1 de la LCSP).10

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b) Encargos a medios propios
33

De acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, la condición de medio
propio personificado de la entidad destinataria del encargo respecto del concreto poder
adjudicador que hace el encargo deberá reconocerse expresamente en sus estatutos o actos de
creación (art. 32.2.d). Aunque esta adaptación debió realizarse antes del 9 de septiembre de
2018 (disposición transitoria cuarta de la LCSP), la modificación de los estatutos de la EGPTDA no
se produce hasta el año 201911.

34

También se incumple el artículo 32.6.b) de la LCSP por parte de la Consejería de Educación y
Deporte. La referida consejería no ha publicado en el perfil del contratante los encargos
realizados a la EPGTDA pese a que los mismos superan el umbral establecido por el artículo 63.6
de la LCSP (50.000 €, IVA excluido).
c) Transparencia

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En materia de publicidad activa sobre contratos, convenios y subvenciones, se han detectado los
siguientes incumplimientos12 (artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia
pública de Andalucía):
- No se han publicado los datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen
presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos
previstos en la legislación de contratos del sector público.

Punto modificado por la alegación presentada.
La modificación de los estatutos es autorizada por el Consejo de Gobierno el 7 de mayo de 2019, aprobada por el Consejo de
Administración de la sociedad el 20 de mayo y elevada a escritura pública el 27 de diciembre de 2019.
12
Pese a que el ejercicio auditado es 2019, en materia de transparencia las conclusiones se refieren al periodo de realización del
trabajo de campo.
11

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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