Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/244-1)
Orden de 16 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Jueves, 22 de diciembre de 2022

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6. En el caso de que los justificantes sean facturas, habrán de contar con los datos
formales exigidos por el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación,
aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, o norma que lo sustituya.
7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del periodo de justificación. A estos efectos, se considerará gasto realizado,
cuando se trate de tributos y Seguridad Social con cargo al beneficiario, el que haya sido
devengado antes de finalizar el plazo de justificación y se encuentre en periodo de ingreso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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declaración responsable sobre el cumplimiento de la obligación de llevar una contabilidad
separada según lo previsto en el artículo 26.1.f), los documentos acreditativos que
procedan según la tipología del gasto o proyecto, de entre los siguientes:
1.º Fotografías o pruebas gráficas demostrativas del cumplimiento de la obligación de
información y publicidad, sin que en ningún caso se recojan imágenes que permitan la
identificación de personas.
2.º Resultados de las actuaciones según la medición efectuada conforme a lo previsto
en el artículo 3.2.
3.º Documentos gráficos y, en su caso, electrónicos, acreditativos de las actuaciones
de promoción llevadas a cabo. En el caso de campañas en prensa, se adjuntará copia
de los medios en papel publicados, o, en caso de emisión en radio o televisión, copia
de la campaña en soporte digital y certificado de emisión. En el caso de redes sociales,
informe que mida el impacto de las mismas.
4.º En el supuesto de los bonos consumo previstos en las Líneas 2 y 3, relación
de bonos canjeados, indicando para cada uno de ellos el establecimiento comercial o
empresa artesana en el que se ha utilizado, fecha de la compra e importe total de la
misma, copia de los tiquets de compra y acreditación del abono del importe del bono al
establecimiento o artesano que lo haya canjeado.
5.º En el supuesto de las actuaciones previstas en el artículo 3.1.c).2.º, se adjuntará una
relación de empresas artesanas inscritas en el Registro de Artesanía de Andalucía a las que
se han entregado los elementos de aplicación de la marca promocional subvencionados,
indicando para cada una de ellas, fecha de entrega y número de elementos por tipología,
debiendo adjuntar para cada entrega el recibí de la persona artesana.
6.º En el supuesto de imputar gastos de personal al proyecto, certificación que incluya
una relación de personas trabajadoras que se imputan en la justificación, especificando
para cada una de ellas el número de horas mensuales dedicadas al mismo durante los
meses que abarque el periodo de ejecución del proyecto.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
1.º Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación de la persona o entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de
emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que tras la ejecución de las acciones
haya habido modificaciones sobre los elementos incluidos en las facturas proforma o
presupuestos aportados junto con la solicitud, se indicarán las desviaciones acaecidas.
2.º Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico
jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior, acompañados de la documentación acreditativa de su pago.
3.º Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
4.º Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, deba haber solicitado la persona o entidad beneficiaria.
5.º En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.