5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/244-86)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Jaén, Patronato Municipal de Cultura, Turismo, Fiestas y Patrimonio Cultural, de convocatoria de pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinario del año 2021 correspondientes al proceso de estabilización de empleo temporal de este Patronato, mediante el procedimiento de selección de concurso. (PP. 3292/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Jueves, 22 de diciembre de 2022

página 19638/10

Décimocuarta. Procedimiento de selección de aspirantes.
1. La puntuación máxima del concurso de méritos no podrá superar los 35 puntos.
2. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una única fase de
concurso, de conformidad con lo regulado en la D.A. 6.ª y la D.A. 8.ª de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre.
3. La documentación justificativa de los méritos valorables en la fase de concurso deberá
ir grapada, ordenada, numerada y valorada conforme al Anexo III de las presentes bases.
4. Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los méritos alegados
con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
5. El certificado del tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Patronato
Municipal de Cultura, Turismo, Fiestas y Patrimonio Cultural del Excmo. Ayuntamiento de
Jaén, en el Ayuntamiento de Jaén o en cualquiera de sus organismos autónomos, será
aportado de oficio por el Área de Recursos Humanos y referidos siempre a la fecha de
terminación del plazo de presentación de instancias.
6. El certificado del tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras
Administraciones Públicas habrá de ser aportado de conformidad con lo establecido en
lo establecido en el apartado 13.3 de esta base durante el tiempo de 20 días hábiles
establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo.
7. En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos
alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en cuenta
y no serán valorados ni puntuados. Las certificaciones acreditativas de la realización de
cursos solo se valorarán si queda acreditado el número de horas de duración de los
mismos, en caso contrario se otorgará la puntuación mínima prevista en el baremo de
puntuación por formación establecido.
8. El Secretario del Tribunal levantará acta de cada una de las sesiones que deberán
ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo la siguiente cesión. El acta final en el que
figurará la propuesta de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberá
ser firmada por todos los componentes del tribunal.
9. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos apartados de
la fase de concurso y superarán el proceso selectivo aquellas personas candidatas que
obtengan puntuación superior a 26,6 puntos.
10. Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán de un plazo de
cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las mismas. Una vez resueltas las
reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las calificaciones definitivas.
11. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios para
dirimirlo serán, por este orden:
• Ocupación, en su caso, de plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a
la que se opte en el Patronato Municipal de Cultura, Turismo, Fiestas y Patrimonio
Cultural del Ayuntamiento de Jaén.
• Mayor experiencia en plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la que se
opte en el Patronato Municipal de Cultura, Turismo, Fiestas y Patrimonio Cultural del
Ayuntamiento de Jaén, en el Ayuntamiento de Jaén o sus Organismos Autónomos.
• Mayor experiencia en las plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la
que se opte en otras Administraciones Públicas.
12. El baremo para calificar los méritos, será el siguiente:
1. Méritos profesionales.
La puntuación máxima total a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a
21 puntos conforme al siguiente baremo:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272857

Patrimonio Cultural del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, calle Bernardo López, s/n, 23002
Jaén, debiendo dirigirse a los mismos a través del Registro sito en la misma dirección.