Disposiciones generales. Universidades. (2022/243-6)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas y ayudas al alumnado de Grado y Máster de la Universidad de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022

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Artículo 6. Procedimiento de concesión.
1. Las ayudas serán concedidas, de acuerdo con los principios de publicidad,
transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. El procedimiento de concesión
se iniciará de oficio mediante convocatoria pública, adoptada por resolución del órgano
competente, pudiendo llevarse a cabo por convocatoria y procedimiento selectivo único
o mediante convocatoria abierta con varios procedimientos selectivos a lo largo del año
para una misma línea de ayudas.
Las mencionadas convocatorias podrán contemplar la procedencia de resoluciones
parciales y sucesivas de concesión, a medida que los órganos colegiados formulen las
correspondientes propuestas. En el caso de convocatorias de concurrencia competitiva,
se fijarán los criterios de prioridad que permitan establecer una prelación de las solicitudes
presentadas de entre los que se enumeran a continuación:
Condición de beneficiario de beca o ayuda al estudio en curso actual o anteriores.
Menor renta familiar per cápita.
Mejor rendimiento académico del alumno.
Circunstancias personales, familiares y sociales del alumnado.
Adecuación del proyecto presentado, en su caso, a los objetivos educativos a que se
orienta la actividad subvencionada.
Cualesquiera otras condiciones o circunstancias que puedan afectar al proceso
educativo del alumnado.
2. La convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en
adelante la BDNS) y un extracto de esta, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA),
de acuerdo con la normativa vigente y con el procedimiento establecido en el artículo 3
del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, a cuyo efecto, la Universidad de Huelva
comunicará a dicha base el texto de la convocatoria y la información requerida por la
misma. La presentación de las solicitudes de las convocatorias comenzará a contar a
partir de la publicación de las mismas en el BOJA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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h) Modelos, forma y plazos de presentación de solicitudes y órgano al que deben
dirigirse.
i) El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento, especificando el carácter
desestimatorio de la falta de resolución en plazo.
j) Documentos e informaciones que deben acompañarse a la solicitud.
k) Posibilidad de reformulación de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
l) La indicación de que la resolución que acuerde o deniegue la concesión de la
subvención pone fin a la vía administrativa, así como los recursos que proceden y el
órgano ante el que habrán de interponerse.
m) Los criterios de valoración de las solicitudes que deberán garantizar la
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación en la concesión de
las subvenciones. Cada convocatoria de ayudas podrá introducir criterios específicos y
adicionales para la ponderación de los que sean de aplicación en cada caso.
Cuando se tome en consideración más de un criterio, deberá precisarse la
ponderación relativa atribuida a cada uno de ellos. En el caso de que el procedimiento
de valoración se articule en varias fases, se indicará igualmente en cuáles de ellas se
irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido
al solicitante para continuar en el proceso de valoración, cuando lo haya. Cuando por
razones debidamente justificadas en la propia convocatoria no sea posible precisar la
ponderación atribuible a cada uno de los criterios elegidos, se considerará que todos
ellos tienen el mismo peso relativo.
n) Los medios de notificación o publicación, de conformidad con lo previsto en los
artículos 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.