3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/239-25)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 25 de octubre de 2022, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de reclasificación de las parcelas 52 y 200 del polígono 30, de suelo no urbanizable de carácter natural o rural a suelo urbanizable ordenado SUO-11 del municipio de Marchena (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Jueves, 15 de diciembre de 2022

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conservación. Las especies arbóreas no se ubicarán en zonas que reduzcan la capacidad
de evacuación de caudales de avenida.
28. En los cauces se prohibirán, con carácter general, los entubados, embovedados,
marcos cerrados, canalizaciones y encauzamientos por provocar la degradaci6n del
dominio público hidráulico. Estos últimos solo podrán autorizarse de forma excepcional
cuando se requieran para la defensa de los núcleos urbanos consolidados frente a
los riesgos de inundación, siempre utilizando técnicas de bioingeniería con la menor
incidencia ambiental posible.
29. Se deben adoptar técnicas para disminuir las puntas de caudales de escorrentías,
con objeto de que en episodios de lluvias intensas no se empeore el drenaje de la zona
urbana más próxima a los cauces, a causa de la impermeabilización de suelo derivada de
la urbanización del Sector (uso de pavimentos porosos, zanjas drenantes, depósitos de
retención, aumento de zonas verdes, evitar la alteración y consolidación del terreno, etc.).
30. En las zonas de mayor vulnerabilidad ante lluvias torrenciales los proyectos de
urbanización deberán definir las medidas de prevención de riesgos a adoptar durante las
fases de ejecución de obras para asegurar la evacuación ordenada de las pluviales generadas
y la retención de los materiales sueltos en las zonas de obra sin suficiente consolidación.
31. La entrega de aguas pluviales a cauce deberá realizarse con un ángulo máximo de
45°. Caso de existir afección negativa sobre el cauce en el punto de entrega de las aguas
se deberán acondicionar distintos puntos de entrega con el fin de no afectar la estabilidad
de las márgenes. Se adoptarán técnicas para disminuir las puntas de caudales de las
aguas de lluvia, cuando estas aumenten considerablemente o superen a las del propio
cauce donde viertan.
32. Previo otorgamiento de licencia de ocupación de cualquier desarrollo urbanístico
se exigirá la depuración de las aguas residuales municipales en la EDAR.

Artículo 41. Medidas correctoras sobre el paisaje.
Los impactos, cuya valoración se puede considerar positiva dada la presencia actual
de traseras de naves y otras actividades de impacto visual negativo en el ámbito (como
eriales), se dan principalmente en la fase de explotación por la presencia de edificaciones.
La situación de las zonas verdes se ha orientado a aprovechar paisajísticamente las
zonas de mayor interés paisajístico.
35. Durante la urbanización se mantendrán las parcelas de la obra en unas
condiciones adecuadas de orden y ornato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 40. Medidas correctoras sobre la vegetación.
Sobre la vegetación, el principal impacto se produce por la pérdida de un erial con
vegetación ruderal, como consecuencia del desbroce y cambio de uso.
33. Se recomienda que la plantación de zonas verdes se ha de efectuar con especies de
bajo mantenimiento teniendo en cuenta el clima de la zona, la escasez de agua estructural
que padece el área durante gran parte del año, la estructura edafológica, los periodos
de sequía en los que no hay agua para el abastecimiento humano, así como el entorno
paisajístico donde se ubica la actuación. Es por todo ello por lo que es recomendable
la plantación de especies autóctonas, que cumplen con todos estos requisitos, y tienen
un bajo coste mantenimiento. En este sentido se recomienda la plantación de especies
del Modelo hispalense de Smilaco mauritanicae-Querceto rotundifoliae S. conformado
esencialmente por encinas, pinos carrascos y algarrobos, acompañados de palmitos,
coscoja, lentisco, acebuches, aladiernos y retama sphaerocarpa. Estas especies se
pueden acompañar con otras ornamentales de crecimiento más rápido.
34. Se ha de proceder al mantenimiento sistemático de las plantaciones efectuadas:
riego, abonado, poda, tratamientos fitosanitarios, labores culturales. Estas labores deben
integrarse en el servicio municipal de jardinería.