5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/235-83)
Anuncio de 23 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Salares, por el que se publica la Resolución de Alcaldía de fecha 22 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases que han de regir los procesos extraordinarios de estabilización al amparo de la Ley 20/2022, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (PP. 3184/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Viernes, 9 de diciembre de 2022

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Junto con la instancia presentarán fotocopia compulsada o certificación acreditativa
de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados y obtenidos una
vez concluido el plazo de presentación de instancias. La experiencia profesional deberán
acreditarla mediante la presentación del informe de vida laboral de la seguridad Social
más los contratos de trabajo y/o certificados expedidos por el órgano competente, en
cada Administración.
No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha.
Base sexta. Admisión de candidatos.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación de admitidos
y excluidos para cada convocatoria específica de plazas, que se hará pública en la
página web de este Ayuntamiento www.salares.es, exponiéndose también en el Tablón
de Anuncios Digital del Ayuntamiento y demás Tablones de Edictos. En la Resolución
se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas se conceda a los aspirantes
excluidos en cada una de ellas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
La documentación relativa a la subsanación de defectos se presentará preferentemente
en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Salares a través de su Oficina Virtual en la
dirección https://sede.malaga.es/salares/registro-electronico/ a través del procedimiento
específico (Oficina Virtual, Trámites destacados, Solicitud de inscripción en pruebas de
selección) o se entregará en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma prevista
en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas
Transcurrido el plazo de subsanación de errores el Presidente dictará resolución
declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos en cada una de las
plazas específicas convocadas, que se publicará en la página Web de este Ayuntamiento
www.salares.es, exponiéndose también en el Tablón de Anuncios Digital del Ayuntamiento
y demás Tablones de Edictos, determinándose el lugar y fecha de comienzo de los
ejercicios y la composición del tribunal calificador para cada una de ellas.
Base séptima. Composición del tribunal.
El tribunal calificador se ajusta a lo contenido en el Texto Refundido de la ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y su composición se ajusta a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se ha tenido en cuenta, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre. Todos ellos poseen titulación superior al exigido.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos vocales y
el Secretario. Le corresponderá resolver las cuestiones planteadas durante el desarrollo
del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas
establecidas y aplicar los baremos establecidos.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Identidad
Ángel López Rubio
Alfonso Aurioles Rodríguez
Mª Ángeles Castillo Sánchez
Javier Rupérez Bermejo
Alonso López Campos
José Antonio Luque Pérez

00272542

Cargo
Presidente
Suplente
Vocal
Suplente
Vocal
Suplente

https://www.juntadeandalucia.es/eboja