5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/235-74)
Anuncio de 23 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Macharaviaya, por el que se publica Resolución de Alcaldía de fecha 22 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases que han de regir los procesos extraordinarios de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (PP. 3141/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Viernes, 9 de diciembre de 2022

página 19220/7

La calificación final, en todos los procedimientos, vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los distintos apartados del baremo del concurso, estableciendo
dicha puntuación el orden de aprobados en cada procedimiento específico.
BASE NOVENA
Relación de aprobados y nombramiento.
Terminada la calificación de los aspirantes, El tribunal publicará resolución final con el
nombre del aprobado y puntuación en los tablones de anuncios de las dependencias en
las que se hayan efectuado las pruebas y en la página web de este Ayuntamiento
www.macharaviaya.es, y elevará dicha resolución a la Presidencia de la Corporación
para que formule el nombramiento.
El aspirante propuesto presentará en el Registro electrónico del Ayuntamiento de
Macharaviaya a través de su Oficina Virtual en la dirección
https://macharaviaya.sedelectronica.es
mediante el procedimiento específico, dentro del plazo de veinte días hábiles a partir de
la publicación de la lista de aprobados, los documentos relativos de las condiciones que
para tomar parte en el concurso se exigen, y que son:
- Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
- Título exigido o el resguardo de pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar
fotocopia para su compulsa con el original.
- Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el
desempeño de las correspondientes funciones.
- Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio al Estado, a la Administración Local ni a las Comunidades
Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o
incompatibilidad, como pueda ser tener un contrato laboral o nombramiento funcionarial
en esta u otra administración.
Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Comunidad Autónoma,
Corporación Local, Consejería u Organismo público del que dependa, acreditando su
condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto
no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser
nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones; sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las
pruebas selectivas.
El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de veinte días hábiles a
contar desde el siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento; de no tomar
posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.
BASE FINAL

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de
Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272422

Todos los procesos selectivos deberán estar finalizados con anterioridad al 31 de
diciembre de 2024.